B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20240226-11)
Concurso de traslados –  Resolución de 15 de febrero de 2024, de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se adjudican provisionalmente destinos del concurso de traslados del Cuerpo de Maestros convocado por Resolución de 26 de octubre de 2023
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 48

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 26 DE FEBRERO DE 2024

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de acceso público y no podrán ser reproducidos ni en todo ni en parte, ni transmitidos ni registrados por ningún sistema de recuperación de información, sin el consentimiento de los
propios afectados.
Quinto

BOCM-20240226-11

Los interesados podrán presentar alegaciones sobre puntuaciones y destinos adjudicados en el plazo de diez días hábiles contados a partir del día siguiente al de la exposición de
los listados.
Si la causa de exclusión en el concurso estuviera motivada por haberse presentado la
solicitud fuera del plazo establecido, el interesado, junto con el escrito de alegaciones deberá adjuntar en su caso la documentación acreditativa de la presentación, en tiempo y forma, de participación.
Durante este mismo plazo, los concursantes que lo deseen, hayan obtenido o no destino en la resolución citada en el apartado primero, podrán desistir de su participación voluntaria en la convocatoria. La admisión del desistimiento produce la baja automática en la
convocatoria y, en el supuesto de haber obtenido destino en esta resolución, éste será anulado y adjudicado, en la resolución definitiva, al concursante que corresponda.
Las alegaciones, junto con el documento guía de alegaciones y las solicitudes de renuncia,
se cumplimentarán mediante la aplicación informática accesible en el portal de la Comunidad
de Madrid, siguiendo la ruta descrita en el apartado anterior, y se presentarán exclusivamente
por registro electrónico, accediendo a través del portal de Sede electrónica de la Comunidad de
Madrid, https://sede.comunidad.madrid , accediendo a “Registro electrónico general”.
No se podrá desistir de un destino concreto ni de un destino obtenido con carácter forzoso.
Los destinos alcanzados en la resolución definitiva tienen carácter irrenunciable y, por
ello, no se admitirá desistimiento alguno que no se haya presentado en el plazo anteriormente mencionado.
Madrid, a 15 de febrero de 2024.—El Director General de Recursos Humanos, Miguel
José Zurita Becerril.
(03/2.624/24)

http://www.bocm.es

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791