C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20240226-20)
Concesión becas –  Orden 276/2024, de 13 de febrero, de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se aceptan renuncias en relación con las becas concedidas mediante la Orden 4075/2023, de 24 de octubre, del Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se resuelve la convocatoria de becas para el estudio de Formación Profesional de Grado Medio en la Comunidad de Madrid para el curso 2023-2024
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 48

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 26 DE FEBRERO DE 2024

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I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones
Consejería de Educación, Ciencia y Universidades
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ORDEN 276/2024, de 13 de febrero, de la Consejería de Educación, Ciencia y
Universidades, por la que se aceptan renuncias en relación con las becas concedidas mediante la Orden 4075/2023, de 24 de octubre, del Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se resuelve la convocatoria de becas
para el estudio de Formación Profesional de Grado Medio en la Comunidad de
Madrid para el curso 2023-2024.

Mediante la Orden 1559/2022, de 6 de junio, de la Consejería de Educación, Universidades, Ciencia y Portavocía, se aprobaron las bases reguladoras para la concesión de becas para el estudio de formación profesional de grado medio en la Comunidad de Madrid y
mediante la mediante la Orden 1951/2023, de 22 de junio, del Vicepresidente, Consejero
de Educación y Universidades se aprobó la convocatoria de becas de Formación Profesional de Grado Medio correspondiente al curso 2023-2024.
La precitada Orden 1559/2022, en el artículo 17.1 determina que la resolución de concesión o denegación de las becas solicitadas corresponde al titular de la consejería competente en materia de educación.
Por Orden 4075/2023, de 24 de octubre, del Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, se resolvió la mencionada convocatoria de becas para el estudio de Formación
Profesional de Grado Medio en la Comunidad de Madrid, para el curso 2023-2024.
El artículo 4 de la Orden 11634/2012, de 27 de noviembre, por la que se desconcentran
y delegan determinadas competencias en los titulares de diferentes centros directivos de la
Consejería prevé la delegación en el Director General competente en materia de becas y ayudas para la educación en enseñanzas regladas no universitarias, de la adopción de los actos
que procedan en los procedimientos relativos a la gestión de las subvenciones que sean posteriores a la fase de concesión de las mismas, incluyendo los de prórrogas y de reintegro, y
demás incidencias que pudieran surgir en relación con los beneficiarios, tales como las declaraciones de desistimiento y renuncia.
Con posterioridad a la concesión, se han recibido 15 renuncias de los beneficiarios, incluidos en la relación adjunta, por un importe de 30.216,40 euros.
Vistos los escritos de renuncia, y de conformidad con lo establecido en el artículo 94 de
la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,
DISPONGO
Primero
Aceptar las renuncias formuladas por los interesados relacionados
en el Anexo y declarar concluso el procedimiento
Los interesados podrán consultar el citado Anexo de renuncias en las Direcciones de Área
Territorial y en el Punto de Información y Atención al Ciudadano de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades.
Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer con carácter potestativo recurso de reposición, en el plazo de un mes, ante Consejería de Educación, Ciencia y Universidades o bien, directamente, en el plazo de dos meses, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal
Superior de Justicia de Madrid, ambos plazos contados a partir del día siguiente a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, sin perjuicio de cuantos
otros recursos estime oportuno interponer.
Madrid, a 13 de febrero de 2024.—El Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, P. D. (Orden 11634/2012, de 27 de noviembre), el Director General de Educación Concertada, Becas y Ayudas al Estudio, Jorge Elías de la Peña Montes de Oca.

BOCM-20240226-20

Segundo