San Lorenzo de El Escorial (BOCM-20240223-59)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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B.O.C.M. Núm. 46

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 23 DE FEBRERO DE 2024

18.1. Fase oposición: consistirá en la resolución de dos ejercicios relacionados con el
temario que figura en el anexo de esta convocatoria, siendo eliminatorios cada uno de ellos.
18.1.1. Primer ejercicio: hasta un máximo de 10 puntos.
Consistirá en desarrollar por escrito dos temas en un tiempo máximo de 60
minutos, uno de la parte general y otro de la parte específica, a elegir de entre dos temas, seleccionados por sorteo, de cada parte. Se calificará de 0 a 5
puntos cada uno de los temas, siendo necesario obtener un mínimo de 2,5
puntos por tema desarrollado para superar esta prueba.
18.1.2. Segundo ejercicio: hasta un máximo de 10 puntos.
Consistirá en resolver un supuesto práctico, entre dos propuestos por el Tribunal, relacionados con las funciones del puesto. El tiempo máximo para la
realización de este supuesto será de 60 minutos, siendo necesario obtener un
mínimo de 5 puntos para superarlo.
18.1.3. En cada ejercicio, cada miembro del Tribunal realizará su propia valoración
en cada supuesto con puntuaciones entre 0 y 10 puntos. Posteriormente se sumarán las puntuaciones obtenidas y se dividirá entre el número de asistentes
del Tribunal.
18.1.4. Los/las aspirantes serán convocados en llamamiento único, siendo excluidos
del proceso selectivo quienes no comparezca, salvo causa de fuerza mayor, que
será valorada por el Tribunal, adoptando resolución motivada a tal efecto.
18.1.5. La calificación final de la fase de oposición será la que se obtenga de sumar la
puntuación de ambos ejercicios, siendo la máxima calificación total de 20
puntos.
18.2. Fase concurso: esta fase no tendrá carácter eliminatorio y consistirá en la valoración de los méritos alegados y debidamente acreditados por los aspirantes antes de la finalización del plazo de presentación de instancias, de conformidad con el baremo que se indica.
18.2.1. Experiencia: hasta un máximo de 5 puntos.
— Se valorarán los servicios prestados en un puesto de la misma categoría
y especialidad, a razón de 0,2 puntos por mes trabajado o fracción superior a quince (15) días. En caso de contratos a tiempo parcial, se
computará de forma proporcional al tiempo trabajado.
— La documentación presentada deberá acreditar las fechas de inicio y fin
de los servicios prestados, la categoría del puesto y las funciones realizadas. En caso contrario, no se computará como mérito.
18.2.2. Formación: hasta un máximo de 5 puntos.
— Se valorarán los cursos de formación y perfeccionamiento, organizados
y/o impartidos por Centros Oficiales y demás Administraciones Públicas y Centros acogidos al Plan de Formación continua de las Administraciones Públicas, Universidades o Colegios Profesionales, o bien por
cualquier organismo público o privado siempre que hayan sido oficialmente reconocidos, directamente relacionados con las funciones de la
categoría de las plazas convocadas, que se acrediten mediante título, diploma o certificación que exprese la duración de los mismos.
— Se valorarán los cursos transversales relacionados con la Prevención de
Riesgos Laborales, la igualdad de género y soporte vital básico y primeros auxilios.
— La valoración de los cursos se realizará en función de las horas lectivas
de que consten, de acuerdo con el siguiente baremo:
• Cursos de entre 20 y 75 horas lectivas: 0,003 puntos/hora.
• Cursos de entre 76 y 150 horas lectivas: 0,005 puntos/hora.
• Cursos de entre 151 y 250 horas lectivas: 0,007 puntos/hora.
— No se valorarán:
• Los cursos que no acrediten las fechas de realización y las horas de
duración.
• Los cursos con una duración inferior a 20 horas lectivas, los derivados de procesos selectivos o con ocasión de su preparación y los
diplomas relativos a jornadas, simposios, seminarios y similares.
• No se valorará más de una edición correspondiente a un mismo curso.

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