Robledo de Chavela (BOCM-20240222-54)
Régimen económico. Ordenanza autotaxi
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 45

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 22 DE FEBRERO DE 2024

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
54

ROBLEDO DE CHAVELA
RÉGIMEN ECONÓMICO

BOCM-20240222-54

El Pleno de este Ayuntamiento, en sesión ordinaria celebrada el día 1 de febrero de 2024,
acordó la aprobación provisional de la ordenanza municipal reguladora del servicio de auto
taxi en Robledo de Chavela.
Y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17.2 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de
marzo, se somete el expediente a información pública por el plazo de treinta días a contar
desde el día siguiente de la inserción de este anuncio en el “Boletín Oficial de la Provincia”, para que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones
que estimen oportunas.
Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependencias municipales para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes.
Asimismo, estará a disposición de los interesados en la sede electrónica de este Ayuntamiento ( http://robledodechavela.sedelectronica.es ).
Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado reclamaciones, se considerará
aprobado definitivamente dicho acuerdo.
Robledo de Chavela, a 2 de febrero de 2024.—El alcalde-presidente, Fernando Casado Quijada.
(03/2.394/24)

http://www.bocm.es

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791