Robledo de Chavela (BOCM-20240222-55)
Régimen económico. Calendario fiscal
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

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JUEVES 22 DE FEBRERO DE 2024

B.O.C.M. Núm. 45

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
55

ROBLEDO DE CHAVELA
RÉGIMEN ECONÓMICO

A los efectos de notificación colectiva y de conformidad con los artículos 102 de la
Ley 58/2003, de 17 de diciembre; 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y 24 del Real Decreto 939/2005,
de 29 de julio, se hace público que por Junta de Gobierno de 24 de enero de 2024 se ha aprobado, entre otros, el siguiente acuerdo:
1.o Aprobar los períodos de pago en período voluntario de las deudas de vencimiento periódico y notificación colectiva.
CALENDARIO FISCAL EJERCICIO 2024

PLAZOS VOLUNTARIOS DE PAGO

DIA DE CARGO
RECIBOS DOMICILIADOS

TRIBUTO O INGRESO DE DERECHO PÚBLICO

15/05/2024 a 15/07/2024

20/06/2024

Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM)

27/03/2024 a 27/05/2024

15/05/2024

Tasa puesto venta Mercadillo Municipal

07/08/2024 a 07/11/2024

15/10/2024

18/10/2024 a 18/12/2024

15/11/2024

Tasa Vados
Impuesto de Bienes Inmuebles- Urbana
Impuesto de Bienes Inmuebles- Rústica
Impuesto de Actividades Económicas (IAE)

SISTEMA ESPECIAL DE PAGOS (SEP) IBI URBANA DOS PLAZOS
Plazo 1- 05/08/2024

2.o

Plazo 2- 15/10/2024

Sistema especial de pagos IBI Urbana (SEP)

Aprobar la exposición pública de los padrones y matrículas.

Los padrones o matrículas correspondientes a los tributos y demás ingresos de derecho público que a continuación se relacionan estarán expuestos al público en las dependencias municipales de plaza de España, número 1, Robledo de Chavela (Madrid), por un período de quince días con anterioridad al inicio del plazo voluntario de pago que se indica en
el calendario fiscal para cada padrón o plazo del mismo.
Relación de padrones o matrículas:
— Impuesto de vehículos de tracción mecánica.
— Tasa puesto venta mercadillo municipal.
— Tasa vados.
— Impuesto bienes inmuebles-urbana.
— Impuesto bienes inmuebles-rústica.
— Impuesto actividades económicas.
La información relativa a los datos de los padrones o matrículas, en aplicación del deber de confidencialidad de la información tributaria, solamente se facilitarán al obligado tributario o su representante.
Para la consulta de los datos del padrón o matrícula se utilizarán medios informáticos
siempre que las disponibilidades técnicas lo permitan. El acceso a dicha información se realizará de acuerdo con lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal; el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento
Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos), y demás normativa de desarrollo.
Contra los actos de aprobación de los padrones fiscales o matrículas y las liquidaciones tributarias que los mismos contienen los interesados podrán interponer recurso de reposición, previo al recurso contencioso-administrativo, ante el alcalde-presidente, en el plazo
de un mes contados desde el día siguiente al de finalización del período de exposición pú-

BOCM-20240222-55

Exposición pública de padrones y matrículas del ejercicio 2024