San Lorenzo de El Escorial (BOCM-20240222-59)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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B.O.C.M. Núm. 45

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 22 DE FEBRERO DE 2024

tres respuestas alternativas, siendo solo una de ellas la correcta. Cada pregunta contestada correctamente se valorará en positivo; la pregunta no contestada no tendrá valoración, y la pregunta con contestación errónea se penalizará
con la tercera parte del valor asignado a la contestación correcta. El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de sesenta minutos. El Tribunal podrá incluir preguntas de reserva cuyas respuestas se tendrán en cuenta en el caso
de anulación de alguna pregunta del ejercicio. Se calificará de 0 a 10 puntos,
siendo necesario obtener un mínimo de cinco puntos.
18.1.2. Segundo ejercicio: consistirá en la realización de varios trabajos prácticos
propuestos por el Tribunal, en el tiempo determinado por este, relacionados
con las funciones propias del puesto de trabajo. El Tribunal podrá preguntar
sobre aspectos relacionados con esta prueba.
Para la realización de esta prueba el Tribunal facilitará a los aspirantes cuantos elementos sean necesarios para la realización del ejercicio.
En este ejercicio se valorará fundamentalmente la destreza, la perfección, conocimientos y corrección técnica demostrada en la ejecución de los trabajos.
Se calificará de 0 a 10 puntos, siendo requisito imprescindible obtener un
mínimo de 5 puntos para considerar superada esta prueba.
18.1.3. Los/las aspirantes serán convocados para cada ejercicio en llamamiento único, siendo excluidos del proceso selectivo quienes no comparezca, salvo causa de fuerza mayor, que será valorada por el Tribunal, adoptando Resolución
motivada a tal efecto.
18.1.4. La calificación final de la fase de oposición será la que se obtenga de sumar la
puntuación de ambos supuestos prácticos, siendo la máxima calificación total de 20 puntos.
18.2. Fase concurso: esta fase no tendrá carácter eliminatorio y consistirá en la valoración de los méritos alegados y debidamente acreditados por los aspirantes antes de la finalización del plazo de presentación de instancias, de conformidad con el baremo que se indica:
18.2.1. Experiencia profesional: hasta un máximo de 6 puntos:
— Se valorarán los servicios prestados en un puesto de la misma categoría y
especialidad, a razón de 0,2 puntos por mes trabajado o fracción superior
a quince días. En caso de contratos a tiempo parcial, se computará de forma proporcional al tiempo trabajado.
— La documentación presentada deberá acreditar las fechas de inicio y fin de
los servicios prestados, la categoría del puesto y las funciones realizadas.
En caso contrario, no se computará como mérito.
18.2.2. Formación: hasta un máximo de 4 puntos:
— Se valorarán los cursos de formación y perfeccionamiento, organizados
y/o impartidos por Centros Oficiales y demás Administraciones Públicas
y Centros acogidos al Plan de Formación continua de las Administraciones Públicas, Universidades o Colegios Profesionales, o bien por cualquier organismo público o privado siempre que hayan sido oficialmente
reconocidos, directamente relacionados con las funciones de la categoría
de las plazas convocadas, que se acrediten mediante título, diploma o certificación que exprese la duración de los mismos.
— Se valorarán los cursos transversales relacionados con la Prevención de
Riesgos Laborales, la igualdad de género y soporte vital básico y primeros auxilios.
— La valoración de los cursos se realizará en función de las horas lectivas de
que consten, de acuerdo con el siguiente baremo:
• Cursos de entre 20 y 75 horas lectivas: 0,003 puntos/hora.
• Cursos de entre 76 y 150 horas lectivas: 0,005 puntos/hora.
• Cursos de entre 151 y 250 horas lectivas: 0,007 puntos/hora.
• Cursos de 251 horas lectivas en adelante: 0,010 puntos/hora.
— No se valorarán:
• Los cursos que no acrediten las fechas de realización y las horas de
duración.

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