Pozuelo de Alarcón (BOCM-20240221-54)
Organización y funcionamiento. Disolución organismo autónomo
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 21 DE FEBRERO DE 2024

B.O.C.M. Núm. 44

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
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POZUELO DE ALARCÓN

En ejecución del acuerdo plenario correspondiente, a tenor de lo establecido en los artículos 122.5 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local
y 43.2.d) del Reglamento Orgánico del Pleno, se anuncia que el Pleno, en sesión de 21 de
diciembre de 2023, ha aprobado inicialmente la derogación de los Estatutos y disolución
del Organismo Autónomo Patronato Municipal de Cultura y la exposición al público del
mismo mediante anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. No habiéndose presentado reclamaciones en el período de información pública, resulta definitivamente aprobado el acuerdo de disolución que, a continuación, se publica:
De conformidad con la propuesta de acuerdo de la Junta de Gobierno Local de 13 de
diciembre de 2023, y con el dictamen de la Comisión Informativa de Reglamentos y Normas de 18 de diciembre de 2023, el Pleno, por mayoría, acuerda:
Primero.—Derogar los Estatutos del Organismo Autónomo Patronato Municipal de
Cultura constituidos por el texto refundido de los Estatutos aprobado por el Pleno de la corporación mediante acuerdo de 16 de abril de 2009 publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA
COMUNIDAD DE MADRID número 106, de 6 de mayo de 2009.
Segundo.—Suprimir el Organismo Autónomo Patronato Municipal de Cultura por
propia iniciativa municipal, quedando extinguida su personalidad jurídica, sucediéndole
universalmente el Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón en todos sus bienes, derechos y
obligaciones y, específicamente:
a) Asumir el Ayuntamiento cuantas competencias tenía atribuidas el Patronato Municipal de Cultura, de modo que quede garantizada la prestación de servicios que
venía realizando el organismo autónomo. Dichas competencias se ejercerán por
los órganos municipales a los que se las atribuyan las leyes, sin perjuicio de su delegación por la Alcaldía o por la Junta de Gobierno Local.
b) Integrar el personal de la Patronato Municipal de Cultura en el Ayuntamiento, a
cuyo fin causará baja en la misma y alta en el código cuenta de cotización de la
Seguridad Social que corresponde al Ayuntamiento, produciéndose la integración
del personal en la plantilla y relación de puestos de trabajo del Ayuntamiento en
los mismos términos, situación, condiciones y modalidad contractual que tenía
respecto del Organismo Autónomo del modo expresado en el Fundamento de Derecho Cuarto.
c) En materia de contratación, el Ayuntamiento sucederá al Patronato en su posición
contractual, produciéndose una novación subjetiva legal en sus derechos y obligaciones contractuales.
d) Revertir al Ayuntamiento e incorporar en el Inventario Municipal los bienes y derechos pertenecientes al Patronato Municipal de Cultura, así como, respecto de los
bienes del Ayuntamiento adscritos al Patronato, dejar sin efecto tal adscripción.
e) Proceder a la liquidación económica del Organismo Autónomo, realizándose las
operaciones preceptivas por parte de la Tesorería del Ayuntamiento.
f) Proceder a la integración de la contabilidad del Organismo Autónomo y la del
Ayuntamiento.
g) Realizar la oportuna previsión en el presupuesto municipal, al objeto de garantizar
la continuidad de la gestión y prestación directa de los servicios por parte del
Ayuntamiento mediante las operaciones presupuestarias oportunas al efecto.
Tercero.—Establecer el 1 de abril de 2024, como fecha de efectos de la disolución y
extinción del Organismo Autónomo, momento en el cual deberán estar hechas las tramitaciones administrativas previas oportunas que garanticen la efectiva prestación de los servicios y competencias del Organismo Autónomo disuelto por parte del Ayuntamiento, en el
sentido antes indicado, y en sucesión universal de sus derechos y obligaciones. En el caso
de que las mismas precisen resolución administrativa, esta habrá de disponer que sus efectos se difieren al 1 de abril de 2024.

BOCM-20240221-54

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO