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Delimitación bien de interés cultural –  Orden 193/2024, de 7 de febrero, del Consejero de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se delimita el entorno de la iglesia parroquial de San Marcos en Madrid, declarada monumento histórico-artístico de carácter nacional
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 21 DE FEBRERO DE 2024

B.O.C.M. Núm. 44

I. COMUNIDAD DE MADRID

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Consejería de Cultura, Turismo y Deporte
ORDEN 193/2024, de 7 de febrero, del Consejero de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se delimita el entorno de la iglesia parroquial de San Marcos en
Madrid, declarada monumento histórico-artístico de carácter nacional

Mediante Decreto de 28 de julio de 1944 (“Boletín Oficial del Estado” de 10 de agosto de 1944), fue declarado monumento histórico-artístico la iglesia parroquial de San Marcos en Madrid. En el expediente tramitado por el Ministerio de Cultura (actual Ministerio
de Cultura y Deporte) no consta delimitación de entorno de protección del monumento.
La vigente Ley 8/2023 de 30 de marzo, de Patrimonio Cultural de la Comunidad de
Madrid, en su disposición transitoria primera, establece que mediante Orden de la Consejería competente en materia de patrimonio cultural se podrá definir el entorno de aquellos
Bienes inmuebles declarados de Interés Cultural o de Interés Patrimonial cuyo entorno no
hubiera sido establecido expresamente a la fecha de entrada en vigor de esta Ley.
Considerando lo anterior, en base a la propuesta técnica emitida por el Área de Catalogación de Bienes Culturales, a efectos de permitir una adecuada percepción y comprensión
cultural del bien inmueble, tal y como se define en el artículo 13.1 de la citada Ley 8/2023,
la Dirección General de Patrimonio Cultural, por Resolución de 22 de mayo de 2023, publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 2 de junio del mismo año,
incoa expediente de delimitación del entorno de protección del citado inmueble.
En cumplimiento de dicha Resolución, se notifica a los interesados, a los efectos procedentes y al Ayuntamiento de Madrid, interesándole su exhibición en su tablón de anuncios por el plazo de un mes, se solicita informe a la Real Academia de Bellas Artes de San
Fernando y se publica en el Portal de Transparencia de la Comunidad de Madrid.
Igualmente, se abre un período de información pública por plazo de un mes, a contar
desde su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, a fin de que
cuantas personas físicas o jurídicas tengan interés, puedan examinar el expediente y presentar las alegaciones que estimen oportunas.
Asimismo, se notifica al Registro General de Bienes Culturales del Ministerio de Cultura y Deporte y al Registro de Bienes de Interés Cultural de la Comunidad de Madrid, quedando anotado preventivamente en los respectivos registros con los códigos 3857 y
RBIC 1944-000002 y en el Catálogo de Patrimonio Cultural de la Comunidad de Madrid,
a los efectos procedentes.
En el expediente se han cumplimentado todos los trámites previstos de conformidad
con lo establecido en el artículo 19, 20 y concordantes de la Ley 8/2023, de 30 de marzo,
de Patrimonio Cultural de la Comunidad de Madrid.
El Pleno del Consejo Regional de Patrimonio Histórico de la Comunidad de Madrid,
en el trámite de audiencia concedido, en sesión celebrada el 8 de junio de 2023, muestra su
conformidad por unanimidad con la resolución de la Directora General de Patrimonio Cultural de 22 de mayo de 2023 por la que se incoa expediente para la delimitación del entorno de protección de la iglesia de San Marcos, en Madrid.
La Comisión de Monumentos y Patrimonio Histórico de la Real Academia de Bellas
Artes de San Fernando, en su reunión de 27 de junio de 2023, acordó emitir informe en el
que se pone de manifiesto que “la definición de un entorno de protección que garantice una
mayor vigilancia sobre lo que se realiza en las zonas inmediatas al bien debe considerarse
necesario y, en concreto, el perímetro que se propone en el expediente objeto de análisis parece adecuado para este fin”.
Por todo ello, y no constando que se hayan presentado alegaciones, se reitera la propuesta técnica inicial.
En el ejercicio de las competencias que tengo atribuidas, de acuerdo con lo previsto en
el Decreto 264/2023, de 5 de diciembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece
la estructura orgánica de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, y conforme a la Disposición Transitoria Primera y los artículos 23 y 24 de la Ley 8/2023, de 30 de marzo de
Patrimonio Cultural de la Comunidad de Madrid

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