C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20240220-26)
Plan estratégico subvenciones –  Orden 165/2024, de 7 de febrero, del Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se modifica la Orden 1025/2023, de 28 de marzo, por la que se aprueba el Plan Estratégico de la Viceconsejería de Política Educativa de la Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades para los ejercicios 2023, 2024 y 2025
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 20 DE FEBRERO DE 2024

B.O.C.M. Núm. 43

I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones
Consejería de Educación, Ciencia y Universidades
ORDEN 165/2024, de 7 de febrero, del Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se modifica la Orden 1025/2023, de 28 de marzo, por la
que se aprueba el Plan Estratégico de la Viceconsejería de Política Educativa
de la Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades para los ejercicios 2023, 2024 y 2025.

Las Administraciones Educativas deben establecer las condiciones más favorables
para la escolarización de todos los niños, valorándose especialmente aquellos casos en los
que las condiciones personales supongan una desigualdad inicial para acceder a la educación y para progresar en los niveles educativos posteriores a la etapa infantil.
En este sentido, la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, en su artículo 83, dispone el establecimiento de becas y ayudas como garantía de las condiciones de
igualdad en el ejercicio del derecho a la educación, especialmente para las familias con condiciones socioeconómicas desfavorables.
En la Comunidad de Madrid, la escolarización en el primer ciclo de Educación Infantil se puede realizar en alguno de los centros que conforma la red pública de escuelas infantiles, en centros de titularidad privada sostenidos con fondos públicos o, alternativamente, dicha escolarización puede realizarse en centros privados que no forman parte de dicha
red pública autorizados según los requisitos recogidos en el Decreto 19/2010, de 25 de marzo, por el que se regula el procedimiento administrativo de autorización de centros docentes
privados para impartir enseñanzas regladas no universitarias.
Desde el año 2002, la Comunidad de Madrid concede ayudas económicas a las familias, al objeto de facilitar la escolarización en el primer ciclo de Educación Infantil en estos
centros autorizados de titularidad privada con los objetivos de satisfacer la necesidad de
conciliar la vida familiar y laboral y con la convicción de que la escolarización en el primer
ciclo de Educación Infantil contribuye al desarrollo físico, afectivo, social e intelectual de
los niños menores de 3 años.
Dada la favorable acogida que esta iniciativa ha tenido entre las familias madrileñas a
través de las sucesivas convocatorias anuales, la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades considera procedente modificar la Orden 1025/2023, de 28 de marzo, por la que
se aprueba el plan estratégico de la Viceconsejería de Política Educativa de la Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades para los ejercicios 2023, 2024 y 2025,
con el objetivo de ampliar el importe de estas becas destinadas a las familias que escolarizan
a sus hijos en el primer ciclo de Educación Infantil en centros autorizados de titularidad privada y siempre que no ocupen plazas sostenidas con fondos públicos. Las modificaciones
afectan al objetivo específico que se persigue y al importe presupuestario asignado y su distribución por anualidades para el curso 2024/2025.
Para programar el cumplimiento del citado objetivo, en el marco de las competencias
anteriormente señaladas y de conformidad con lo previsto en el artículo 4 bis de la
Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid, la Consejería de
Educación, Ciencia y Universidades modifica el vigente Plan Estratégico plurianual en el
que se definen los objetivos y efectos que se pretenden alcanzar mediante el establecimiento de ayudas dirigidas a la escolarización de niños en el primer ciclo de Educación
Infantil en centros autorizados de titularidad privada y siempre que no ocupen plazas sostenidas con fondos públicos.
En virtud de lo anterior,
DISPONGO
Primero
Modificación de la Orden 1025/2023, de 28 de marzo, por la que se aprueba el Plan
Estratégico de la Viceconsejería de Política Educativa de la Vicepresidencia, Consejería de
Educación y Universidades para los ejercicios 2023, 2024 y 2025.

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