Venturada (BOCM-20240220-88)
Ofertas de empleo. Proceso selectivo
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 20 DE FEBRERO DE 2024

B.O.C.M. Núm. 43

una Administración Pública o con una empresa privada. Dicha causa debe ser acreditada
por cualquier medio permitido en derecho (parte de baja médica, contrato de trabajo, etc.).
La bolsa resultante de cada proceso permanecerá en vigor hasta la aprobación de una
nueva Bolsa resultante de una convocatoria posterior y dejará sin vigencia las listas derivadas de procesos anteriores.
Las presentes bases vinculan a la Administración, al Tribunal Calificador y a quienes
participen en el proceso selectivo. Cuantos actos administrativos se deriven de ellas y de las
actuaciones del Tribunal Calificador podrán ser impugnadas por los interesados en los casos y formas que determina la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones Públicas, así como en su caso en la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
El plazo de presentación de solicitudes de participación será de diez días hábiles, a
contar desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el “Boletín
Oficial del Estado”.
Contra la convocatoria y sus bases, que ponen fin a la vía administrativa, se puede interponer alternativamente o recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, ante el Alcaldía del Ayuntamiento
de Venturada de conformidad con los artículos 123 y 124 de Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo, ante los Juzgados de lo contencioso-administrativo de Madrid o, a
su elección, el que corresponda a su domicilio, en el plazo de dos meses a contar desde el
día siguiente a la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de
la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo, no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel
sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin
perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime pertinente.
Los modelos de anexos pueden consultarse en la sede electrónica de este Ayuntamiento ( dirección: https://venturada.sedelectronica.es/info.0 ).

1. Trabajos generales de limpieza. Materiales y herramientas de trabajo. Seguridad
y Salud en el Trabajo.
2. Limpieza y desinfección de los servicios higiénicos.
3. Lavado y limpieza de paredes (cerámica, granito, pintura plástica, etc.).
4. Lavado y encerado de pisos, limpieza de equipos de oficina, limpieza de ventanas,
cristales y espejos.
5. Limpieza y mantenimiento de comedores y cocinas. Servicio de comedor. Manipulación y conservación de alimentos.
6. Limpieza de muebles de madera, de cuero y tapizados.
7. Lavandería, plancha y mantenimiento de ropa.
8. Tipos de residuos. Identificación y tratamiento. Recogida, evacuación y reciclaje.
9. Prevención de riesgos laborales en tareas de limpieza. Riesgos higiénicos específicos: exposición a agentes biológicos; exposición a agentes químicos (productos de limpieza). Medidas preventivas; equipos de protección individual. Prevención de trastornos
musculoesqueléticos.
10. La igualdad efectiva de mujeres y hombres en el ámbito de las Administraciones
Públicas. Políticas públicas de igualdad.
Venturada, a 25 de enero de 2024.—La alcaldesa, Carolina Folgueira Flores.
(03/2.272/24)

http://www.bocm.es

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791

BOCM-20240220-88

PROGRAMA CORRESPONDIENTE A LAS PRUEBAS SELECTIVAS
DEL PROCESO EXTRAORDINARIO DE ESTABILIZACIÓN
DEL EMPLEO TEMPORAL DEL PERSONAL LABORAL
PARA LA PLAZA DE PEÓN DE LIMPIEZA