Becerril de la Sierra (BOCM-20240219-42)
Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 19 DE FEBRERO DE 2024

B.O.C.M. Núm. 42

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
42

BECERRIL DE LA SIERRA
RÉGIMEN ECONÓMICO

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria, cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
( https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/740339 ).
CÓDIGO BDNS: 740339
De conformidad con lo establecido en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria de
subvenciones del Ayuntamiento de Becerril de la Sierra de concesión de ayudas al estudio por
desplazamientos de alumnos empadronados fuera de la localidad para el curso 2021-2022,
conforme al siguiente contenido:
1. Beneficiarios: los alumnos que cumplan los siguientes requisitos:
1.o Estar empadronados en la localidad ininterrumpidamente desde la fecha del comienzo del curso.
2.o No gozar de ayudas o subvenciones con finalidad similar, provenientes de otras
Instituciones u Organismos Públicos, ni tener o disponer de transporte gratuito
para el desplazamiento a la asistencia de las clases.
3.o No existir en la localidad centro público o privado que imparta los estudios o enseñanzas que se recibe.
4.o Que los estudios o enseñanzas que se reciban sean oficiales y reconocidos por la
Comunidad de Madrid o el Ministerio de Educación, así como justificar documentalmente su matriculación en el centro correspondiente, mediante original o copia
compulsada.
5.o Estar al corriente de sus obligaciones tributarias, frente a la Seguridad Social y el
Ayuntamiento de Becerril de la Sierra.
Las cuantías máximas de las subvenciones que se aprueban son las siguientes:
I. Para estudios universitarios, ciclos de Grado Medio y Superior, Bachiller o equivalentes: ciento cincuenta euros (150,00 euros) por alumno.
2. Bases reguladoras.—La convocatoria se regula por las bases aprobadas por la
resolución de la Alcaldía y publicadas en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de la sede
electrónica ( https://becerrildelasierra.sedelectronica.es ) y en la página web del Ayuntamiento ( www.becerrildelasierra.org ).
3. Cuantía.—El procedimiento se convoca en régimen de concurrencia competitiva.
La concesión de las presentes subvenciones tiene carácter condicionado (condición suspensiva) a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el ejercicio presupuestario del
año 2024, que supone el pago de las mismas, siendo la cuantía total máxima estimada de
las subvenciones convocadas de 22.500,00 euros.
4. Plazo.—El plazo de presentación de solicitudes es de quince días hábiles desde
la publicación del correspondiente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD
DE MADRID.
En Becerril de la Sierra, a 22 de enero de 2024.—El alcalde, José Luis Martín González.
(03/2.332/24)

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791

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Ayudas al transporte estudiantes curso 2021-2022