Madrid (BOCM-20240219-38)
Régimen económico. Área de Gobierno de Economía Innovación y Hacienda. Extracto convocatoria subvenciones
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B.O.C.M. Núm. 42

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 19 DE FEBRERO DE 2024

La acreditación del cumplimiento de los requisitos 5.1, 5.3, 5.4, 5.6, 5.8 y 5.9 se realizará mediante la declaración responsable incluida en el formulario de solicitud.
Tercero. Bases reguladoras.—Anexo al Decreto de 2 de febrero de 2024, de la delegada del Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda, por el que se aprueba la
convocatoria del Premio Emprendedoras 2024. Las bases íntegras de la convocatoria pueden consultarse en el “Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid” y en la Base de Datos
Nacional de Subvenciones. Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la concesión
de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Autónomos de 30 de
octubre de 2013, publicada en www.madrid.es , la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el
Reglamento de la Ley 38/2003; y en virtud de lo establecido en el Acuerdo de 29 de junio
de 2023, de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias
del Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda.
Cuarto. Cuantía.—Para la puesta en marcha y el desarrollo de esta convocatoria, el
Ayuntamiento de Madrid contará con la colaboración de diferentes entidades privadas
como Womenalia, la Asociación Española de Mujeres Empresarias de Madrid (ASEME), la
Universidad Rey Juan Carlos (URJC), Onda Madrid, Pricewaterhouse Coopers (PwC), IBM
y Crisalion Mobility.
La cuantía total del premio asciende a 100.000 euros, desglosado de la siguiente manera:
1. Se concederá un primer premio “Emprendedora del año 2024” dotado económicamente con 20.000 euros.
2. Se concederá un segundo premio “Emprendedora del año 2024” con una dotación
económica de 15.000 euros.
3. Se concederá un tercer premio “Emprendedora del año 2024” con una dotación
económica de 10.000 euros.
4. Se concederán 11 accésits, dotados económicamente con 5.000 euros cada uno de
ellos, en las siguientes categorías:
a) Emprendedora más joven.
b) Emprendedora madrileña.
c) Emprendedora de los centros de emprendimiento e innovación del Ayuntamiento
de Madrid.
d) Emprendedora con el mejor elevator pitch.
e) Emprendedora con el proyecto con mayor potencial de crecimiento y proyección
internacional.
f) Emprendedora con el mejor proyecto en el ámbito tecnológico.
g) Emprendedora con el mejor proyecto en el ámbito de la denominada economía naranja (industrias culturales y creativas).
h) Emprendedora con el mejor proyecto en el ámbito de la salud y el bienestar.
i) Emprendedora con el mejor proyecto en el sector HORECA y Food Tech.
j) Emprendedora con el mejor proyecto en el ámbito medioambiental.
k) Emprendedora con el mejor proyecto en el sector STEM.
Los premios principales y los accésits no son compatibles.
Los premios en especie se indican en la base 4 de la convocatoria.
Los criterios de valoración son los especificados en la base 11 de la convocatoria.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.—El plazo para la presentación de las
solicitudes será de tres días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación del
extracto de la convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. La fecha cierta de comienzo del plazo se publicará en el portal de Sede electrónica del Ayuntamiento de Madrid.
La convocatoria completa se publicará en el “Boletín Oficial del Ayuntamiento de
Madrid”, en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS), así como en la Sede electrónica del Ayuntamiento de Madrid https://sede.madrid.es y en la página web de la Dirección General de Emprendimiento ( www.madridemprende.es )
Sexto. Órganos competentes.—Los órganos competentes para la instrucción y la
resolución del procedimiento regulado en la convocatoria serán la Dirección General de Emprendimiento y la Delegada del Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda.
Séptimo. Publicación.—El Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda
publicará la resolución de los premios concedidos en el “Boletín Oficial del Ayuntamiento
de Madrid”, en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS), en la sede electrónica
del Ayuntamiento de Madrid ( https://sede.madrid.es ), en la página web: www.madrid.es y
en la página web de la Dirección General de Emprendimiento ( www.madridemprende.es ).

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