Getafe (BOCM-20240219-49)
Organización y funcionamiento. Estructura concejalías delegadas
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B.O.C.M. Núm. 42

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 19 DE FEBRERO DE 2024

Delegándose en la misma las siguientes facultades:
1. Fijar y hacer cumplir las directrices generales de la Delegación.
2. Coordinar todas las actuaciones de la Delegación con facultad de dictar instrucciones y circulares para regular el ámbito de su actividad.
3. Resolver los conflictos de atribuciones que pudieran surgir entre los Servicios y
Unidades Administrativas contenidos en su Delegación.
4. Velar por el cumplimiento de los compromisos asumidos por el Ayuntamiento en
virtud de convenios.
5. Tramitación de expedientes de subvenciones en su ámbito competencial.
6. Otorgar el visto bueno de las certificaciones que se expidan por las unidades y departamentos que comprende la delegación.
7. Coordinación de todas las actividades educativas de formación permanente, ocupacional y reglada de adultos, de infancia y adolescencia, que se realizan en el municipio.
8. Velar por el derecho a la Educación: Escolarización y Mesa de Escolarización permanente.
9. Coordinación entre la Escuela y el Municipio: entre los centros educativos, el
Ayuntamiento y otras Administraciones.
10. Consejo Escolar Municipal de Educación y participación en todos los Consejos
Escolares de los centros educativos.
11. Presidencia del Consejo Local de Atención a la Infancia y Adolescencia.
12. Orientación Escolar y Profesional y Atención Psicoeducativa.
13. Fijar la política educativa municipal mediante la elaboración del Plan Educativo
Local.
14. Gestión y seguimiento del Plan de Absentismo escolar.
15. Gestión y seguimiento del Plan de Infancia y Adolescencia.
16. Plan de Actividades Extraescolares, actividades en períodos vacacionales y fines
de semana.
17. Planificación y gestión de actividades educativas, preventivas y de compensación.
18. Difusión, promoción y defensa de los derechos del Niño.
19. Planificación y programación del servicio y actividades de la Educación de Personas Adultas.
20. Planificación y programación del servicio y actividades de las Escuelas Infantiles Municipales y Casas de Niños.
21. Planes de evacuación y autoprotección en Escuelas Infantiles y Casas de Niños.
22. Autorizar y disponer el gasto así como reconocer la obligación en todos los expedientes en materia de Personal atribuidos a esta Alcaldía.
23. Autorizar y disponer el gasto así como reconocer la obligación de intereses de
demora, procesales y de todo tipo e indemnizaciones derivados de la gestión en materia de
personal.
24. Ejercer la superior dirección del personal al servicio del Ayuntamiento, sin perjuicio de la Jefatura inmediata de cada Concejal Delegado respecto del personal de las Unidades a su cargo.
25. Mantener relaciones con las organizaciones sindicales.
26. Gestión de la prevención de riesgos laborales.
27. Desarrollar y gestionar el Plan de Igualdad de los empleados/as del Ayuntamiento y del Organismo Autónomo Agencia Local de Empleo y Formación.
28. La convocatoria de provisión de puestos de trabajo de funcionarios con habilitación de carácter nacional, y demás resoluciones en dicha materia.
29. Desarrollar la Administración Electrónica, los procesos de digitalización y modernización de la Administración.
30. Promoción impulso y directrices en materia de Transparencia.
31. Las resoluciones de los procedimientos de solicitud de acceso a la información
de los ciudadanos.
32. La emisión de certificados en los términos de la Ordenanza de Administración
Electrónica.
33. Promover las actuaciones necesarias para la optimización de servicios y recursos
del Ayuntamiento.
34. Las resoluciones en materia de gestión del padrón municipal.
35. Las decisiones que en materia electoral atribuye la Ley Orgánica 5/1995, de 19
de junio de Régimen Electoral General a los Ayuntamientos.

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