Getafe (BOCM-20240219-49)
Organización y funcionamiento. Estructura concejalías delegadas
11 páginas totales
Página
BOCM
B.O.C.M. Núm. 42
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 19 DE FEBRERO DE 2024
Pág. 181
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
49
GETAFE
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
La Sra. Alcaldesa, con fecha 30 de enero de 2024, ha dictado el siguiente decreto:
“En uso de las facultades que me están conferidas por el artículo 124.4, k) y 124.5), de
la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, y en el artículo 4
y capítulo 1, del Título II del Reglamento Orgánico de Gobierno y Administración del
Ayuntamiento de Getafe,
Primero.—Dejar sin efecto mi decreto de 15 de diciembre de 2023, sobre estructura,
organización y delegaciones.
Segundo.—Los órganos y unidades administrativas del Ayuntamiento de Getafe, se
estructuran y organizan en las siguientes delegaciones que a continuación se especifican:
I. Delegación de Urbanismo y Espacio Público.
II. Delegación de Hacienda y Seguridad Ciudadana.
III. Delegación de Personas Mayores y Vivienda.
IV. Delegación de Cultura y Convivencia.
V. Delegación de Infancia, Educación, Recursos Humanos y Modernización de la
Administración.
VI. Delegación de Deportes y Régimen Interior.
VII. Delegación de Comercio, Desarrollo Económico e Igualdad.
VIII. Delegación de Empleo, Formación y Mantenimiento.
IX. Delegación de Bienestar e Inclusión Social y Atención a la Discapacidad.
X. Delegación de Salud, Consumo y Agenda 2030.
XI. Delegación de Movilidad y Transporte.
XII. Delegación de Transición Ecológica y Medio Ambiente.
XIII. Delegación de Participación Ciudadana y Acción en Barrios.
XIV. Delegación de Juventud y Memoria Democrática.
Todas las delegaciones que se confieren por el presente decreto abarcan la dirección y
gestión de los servicios adscritos, y la facultad de resolver mediante actos administrativos
que afecten a terceros, incluyendo la resolución de los recursos de reposición y los recursos extraordinarios de revisión contra actos dictados en ejercicio de atribuciones delegadas
y todas las facultades que correspondan al órgano delegante en cada materia.
Tercero.—Se confiere la Delegación de Urbanismo y Espacio Público a D.a María Teresa Mellado Suela, que comprende las siguientes unidades administrativas:
— Planeamiento y Gestión Urbanística.
— Licencias, Disciplina e Inspección Urbanística.
— Jurídica.
— Proyectos y Obras de Infraestructuras.
— Proyectos y Obras de Edificación y Espacios Públicos.
— Ocupación de la Vía Pública.
— Patrimonio.
— La adscripción de la Empresa Municipal de Limpieza y Medio Ambiente.
Delegándose en la misma las siguientes facultades:
1. Fijar y hacer cumplir las directrices generales de la Delegación.
2. Coordinar todas las actuaciones de la Delegación con facultad de dictar instrucciones y circulares para regular el ámbito de su actividad.
3. Resolver los conflictos de atribuciones que pudieran surgir entre los Servicios y
Unidades Administrativas contenidos en su Delegación.
BOCM-20240219-49
DISPONGO
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Pág. 181
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
49
GETAFE
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
La Sra. Alcaldesa, con fecha 30 de enero de 2024, ha dictado el siguiente decreto:
“En uso de las facultades que me están conferidas por el artículo 124.4, k) y 124.5), de
la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, y en el artículo 4
y capítulo 1, del Título II del Reglamento Orgánico de Gobierno y Administración del
Ayuntamiento de Getafe,
Primero.—Dejar sin efecto mi decreto de 15 de diciembre de 2023, sobre estructura,
organización y delegaciones.
Segundo.—Los órganos y unidades administrativas del Ayuntamiento de Getafe, se
estructuran y organizan en las siguientes delegaciones que a continuación se especifican:
I. Delegación de Urbanismo y Espacio Público.
II. Delegación de Hacienda y Seguridad Ciudadana.
III. Delegación de Personas Mayores y Vivienda.
IV. Delegación de Cultura y Convivencia.
V. Delegación de Infancia, Educación, Recursos Humanos y Modernización de la
Administración.
VI. Delegación de Deportes y Régimen Interior.
VII. Delegación de Comercio, Desarrollo Económico e Igualdad.
VIII. Delegación de Empleo, Formación y Mantenimiento.
IX. Delegación de Bienestar e Inclusión Social y Atención a la Discapacidad.
X. Delegación de Salud, Consumo y Agenda 2030.
XI. Delegación de Movilidad y Transporte.
XII. Delegación de Transición Ecológica y Medio Ambiente.
XIII. Delegación de Participación Ciudadana y Acción en Barrios.
XIV. Delegación de Juventud y Memoria Democrática.
Todas las delegaciones que se confieren por el presente decreto abarcan la dirección y
gestión de los servicios adscritos, y la facultad de resolver mediante actos administrativos
que afecten a terceros, incluyendo la resolución de los recursos de reposición y los recursos extraordinarios de revisión contra actos dictados en ejercicio de atribuciones delegadas
y todas las facultades que correspondan al órgano delegante en cada materia.
Tercero.—Se confiere la Delegación de Urbanismo y Espacio Público a D.a María Teresa Mellado Suela, que comprende las siguientes unidades administrativas:
— Planeamiento y Gestión Urbanística.
— Licencias, Disciplina e Inspección Urbanística.
— Jurídica.
— Proyectos y Obras de Infraestructuras.
— Proyectos y Obras de Edificación y Espacios Públicos.
— Ocupación de la Vía Pública.
— Patrimonio.
— La adscripción de la Empresa Municipal de Limpieza y Medio Ambiente.
Delegándose en la misma las siguientes facultades:
1. Fijar y hacer cumplir las directrices generales de la Delegación.
2. Coordinar todas las actuaciones de la Delegación con facultad de dictar instrucciones y circulares para regular el ámbito de su actividad.
3. Resolver los conflictos de atribuciones que pudieran surgir entre los Servicios y
Unidades Administrativas contenidos en su Delegación.
BOCM-20240219-49
DISPONGO