Getafe (BOCM-20240219-49)
Organización y funcionamiento. Estructura concejalías delegadas
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 42

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 19 DE FEBRERO DE 2024

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
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GETAFE
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

La Sra. Alcaldesa, con fecha 30 de enero de 2024, ha dictado el siguiente decreto:
“En uso de las facultades que me están conferidas por el artículo 124.4, k) y 124.5), de
la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, y en el artículo 4
y capítulo 1, del Título II del Reglamento Orgánico de Gobierno y Administración del
Ayuntamiento de Getafe,

Primero.—Dejar sin efecto mi decreto de 15 de diciembre de 2023, sobre estructura,
organización y delegaciones.
Segundo.—Los órganos y unidades administrativas del Ayuntamiento de Getafe, se
estructuran y organizan en las siguientes delegaciones que a continuación se especifican:
I. Delegación de Urbanismo y Espacio Público.
II. Delegación de Hacienda y Seguridad Ciudadana.
III. Delegación de Personas Mayores y Vivienda.
IV. Delegación de Cultura y Convivencia.
V. Delegación de Infancia, Educación, Recursos Humanos y Modernización de la
Administración.
VI. Delegación de Deportes y Régimen Interior.
VII. Delegación de Comercio, Desarrollo Económico e Igualdad.
VIII. Delegación de Empleo, Formación y Mantenimiento.
IX. Delegación de Bienestar e Inclusión Social y Atención a la Discapacidad.
X. Delegación de Salud, Consumo y Agenda 2030.
XI. Delegación de Movilidad y Transporte.
XII. Delegación de Transición Ecológica y Medio Ambiente.
XIII. Delegación de Participación Ciudadana y Acción en Barrios.
XIV. Delegación de Juventud y Memoria Democrática.
Todas las delegaciones que se confieren por el presente decreto abarcan la dirección y
gestión de los servicios adscritos, y la facultad de resolver mediante actos administrativos
que afecten a terceros, incluyendo la resolución de los recursos de reposición y los recursos extraordinarios de revisión contra actos dictados en ejercicio de atribuciones delegadas
y todas las facultades que correspondan al órgano delegante en cada materia.
Tercero.—Se confiere la Delegación de Urbanismo y Espacio Público a D.a María Teresa Mellado Suela, que comprende las siguientes unidades administrativas:
— Planeamiento y Gestión Urbanística.
— Licencias, Disciplina e Inspección Urbanística.
— Jurídica.
— Proyectos y Obras de Infraestructuras.
— Proyectos y Obras de Edificación y Espacios Públicos.
— Ocupación de la Vía Pública.
— Patrimonio.
— La adscripción de la Empresa Municipal de Limpieza y Medio Ambiente.
Delegándose en la misma las siguientes facultades:
1. Fijar y hacer cumplir las directrices generales de la Delegación.
2. Coordinar todas las actuaciones de la Delegación con facultad de dictar instrucciones y circulares para regular el ámbito de su actividad.
3. Resolver los conflictos de atribuciones que pudieran surgir entre los Servicios y
Unidades Administrativas contenidos en su Delegación.

BOCM-20240219-49

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