Getafe (BOCM-20240219-51)
Organización y funcionamiento. Delegación funciones
6 páginas totales
Página
B.O.C.M. Núm. 42

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 19 DE FEBRERO DE 2024

crativos y de los Incentivos Fiscales al Mecenazgo así como la autorización y compromiso
de gasto correspondiente, en su caso, a dichas obligaciones.
2. La contratación que tenga la consideración de contrato menor en su ámbito competencial, así como la autorización y compromiso de gasto y convalidación de actuaciones
en su caso.
3. La suscripción del informe de necesidad del contrato que contendrá los extremos
previstos en el artículo 28 de la LCSP.
4. Las autorizaciones directas de uso de las instalaciones deportivas.
Octavo.—Delegar en la Concejalía Delegada de Comercio, Desarrollo Económico e
Igualdad las siguientes atribuciones:
1. Los contratos de patrocinio publicitario, y los convenios de colaboración empresarial del artículo 25 de la Ley 49/2002 de Régimen Fiscal de las Entidades sin Fines Lucrativos y de los Incentivos Fiscales al Mecenazgo así como la autorización y compromiso
de gasto correspondiente, en su caso, a dichas obligaciones.
2. La contratación que tenga la consideración de contrato menor en su ámbito competencial, así como la autorización y compromiso de gasto y convalidación de actuaciones
en su caso.
3. La suscripción del informe de necesidad del contrato que contendrá los extremos
previstos en el artículo 28 de la LCSP.
Noveno.—Delegar en la Concejalía Delegada de Empleo, Formación y Mantenimiento, las siguientes atribuciones:
1. Los contratos de patrocinio publicitario, y los convenios de colaboración empresarial del artículo 25 de la Ley 49/2002 de Régimen Fiscal de las Entidades sin Fines Lucrativos y de los Incentivos Fiscales al Mecenazgo así como la autorización y compromiso
de gasto correspondiente, en su caso, a dichas obligaciones.
2. La contratación que tenga la consideración de contrato menor en su ámbito competencial, así como la autorización y compromiso de gasto y convalidación de actuaciones
en su caso.
3. La suscripción del informe de necesidad del contrato que contendrá los extremos
previstos en el artículo 28 de la LCSP.
4. Otorgar el Visto Bueno de las certificaciones de obra de su ámbito competencial.
5. Aprobación de Planes de Seguridad y salud de las obras adjudicadas por la Junta
de gobierno de su ámbito competencial.
6. La formalización de los contratos de suministro y aparato de medida correspondientes a las acometidas de dependencias y servicios municipales de conformidad con el
convenio de gestión integral del servicio de distribución de agua de consumo humano entre la Comunidad de Madrid, Canal de Isabel II y el Ayuntamiento de Getafe.
7. Aceptación una vez aprobado por la Dirección Facultativa del Plan de Residuos
de Construcción y Demolición presentado por el contratista.
Décimo.—Delegar en la Concejalía Delegada de Salud, Consumo y Agenda 2030 las
siguientes atribuciones:
En el ámbito de competencias de Agenda 2030:
1. Los contratos de patrocinio publicitario, y los convenios de colaboración empresarial del artículo 25 de la Ley 49/2002 de Régimen Fiscal de las Entidades sin Fines Lucrativos y de los Incentivos Fiscales al Mecenazgo así como la autorización y compromiso
de gasto correspondiente, en su caso, a dichas obligaciones.
2. La contratación que tenga la consideración de contrato menor en su ámbito competencial, así como la autorización y compromiso de gasto y convalidación de actuaciones
en su caso.
3. La suscripción del informe de necesidad del contrato que contendrá los extremos
previstos en el artículo 28 de la LCSP.
Undécimo.—Delegar en la Concejalía Delegada de Movilidad y Transporte las siguientes atribuciones:
1. Los contratos de patrocinio publicitario, y los convenios de colaboración empresarial del artículo 25 de la Ley 49/2002 de Régimen Fiscal de las Entidades sin Fines Lucrativos y de los Incentivos Fiscales al Mecenazgo así como la autorización y compromiso
de gasto correspondiente, en su caso, a dichas obligaciones.

Pág. 197

BOCM-20240219-51

BOCM