Getafe (BOCM-20240219-51)
Organización y funcionamiento. Delegación funciones
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B.O.C.M. Núm. 42

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 19 DE FEBRERO DE 2024

7. La disposición del gasto correspondiente a las dotaciones económicas establecidas para el funcionamiento de los grupos políticos, previamente autorizado por el Pleno.
8. La devolución de las fianzas de contrataciones y concesiones no patrimoniales.
9. La contratación de apertura de cuentas corrientes, la autorización y disposición de
gastos asociados a las mismas: comisiones bancarias y costes por rentabilidades derivadas
de tipos de interés negativos aplicables.
10. Las autorizaciones contenidas en la Ordenanza Municipal de Tráfico y Circulación del Municipio de Getafe.
11. Las autorizaciones o tomas de razón en su caso del uso de la vía pública no incluidas en la Ordenanza Municipal de Tráfico y Circulación del Municipio de Getafe.
En el ámbito de competencias de Policía Local, Tráfico y Protección Civil:
12. Los contratos de patrocinio publicitario, y los convenios de colaboración empresarial del artículo 25 de la Ley 49/2002 de Régimen Fiscal de las Entidades sin Fines Lucrativos y de los Incentivos Fiscales al Mecenazgo así como la autorización y compromiso
de gasto correspondiente, en su caso, a dichas obligaciones.
13. La contratación que tenga la consideración de contrato menor, así como la autorización y compromiso de gasto y convalidación de actuaciones en su caso.
14. La suscripción del informe de necesidad del contrato que contendrá los extremos
previstos en el artículo 28 de la LCSP.
Cuarto.—Delegar en la Concejalía Delegada de Personas Mayores y Vivienda las siguientes atribuciones:
1. Los contratos de patrocinio publicitario, y los convenios de colaboración empresarial del artículo 25 de la Ley 49/2002 de Régimen Fiscal de las Entidades sin Fines Lucrativos y de los Incentivos Fiscales al Mecenazgo así como la autorización y compromiso
de gasto correspondiente, en su caso, a dichas obligaciones.
2. La contratación que tenga la consideración de contrato menor en su ámbito competencial, así como la autorización y compromiso de gasto y convalidación de actuaciones
en su caso.
3. La suscripción del informe de necesidad del contrato que contendrá los extremos
previstos en el artículo 28 de la LCSP.
Quinto.—Delegar en la Concejalía Delegada de Cultura y Convivencia las siguientes
atribuciones:
En el ámbito de competencias de Convivencia y Cooperación al Desarrollo:
1. Los contratos de patrocinio publicitario, y los convenios de colaboración empresarial del artículo 25 de la Ley 49/2002 de Régimen Fiscal de las Entidades sin Fines Lucrativos y de los Incentivos Fiscales al Mecenazgo así como la autorización y compromiso
de gasto correspondiente, en su caso, a dichas obligaciones.
2. La contratación que tenga la consideración de contrato menor en su ámbito competencial, así como la autorización y compromiso de gasto y convalidación de actuaciones
en su caso.
3. La suscripción del informe de necesidad del contrato que contendrá los extremos
previstos en el artículo 28 de la LCSP.
Sexto.—Delegar en la Concejalía Delegada de Infancia, Educación, Recursos Humanos y Modernización de la Administración las siguientes atribuciones:
1. La autorización directa de uso de instalaciones educativas.
2. El nombramiento del personal funcionario y la contratación del laboral, incluyendo la aprobación, en su caso, de los programas de carácter temporal.
3. La pérdida de la condición de funcionario por cualquier causa, salvo la separación
del servicio, e incluyendo el cese en el desempeño de puestos de trabajo.
4. La rescisión o extinción contractual del personal laboral, así como las modificaciones contractuales.
5. Aprobación de las convocatorias de selección así como aprobación de listas provisionales y definitivas de admitidos y excluidos a la participación en cualquier proceso de
selección de personal funcionario y laboral, incluyendo la designación nominal de los
miembros del órgano de selección o de valoración, y la fijación de fecha y lugar, en su caso,
del comienzo del proceso.
6. Aprobación de las listas de espera derivadas de procesos selectivos.

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