Ciempozuelos (BOCM-20240219-43)
Ofertas de empleo. Bases proceso selectivo
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BOCM

LUNES 19 DE FEBRERO DE 2024

B.O.C.M. Núm. 42

de Madrid con una carga lectiva no inferior a un período lectivo de 625 horas o su equivalente en créditos ECTS.
5.3. Periodo de prácticas.
Se establece con carácter eliminatorio la superación de un periodo de prácticas en el
municipio, cuya duración será de 6 meses.
6. Calificación del concurso-oposición
6.1. Fase de oposición.
6.1.1. Normas generales.
Las pruebas psicotécnicas se calificarán como “apto” o “no apto”.
Las pruebas físicas se calificarán de 5 a 10 puntos, siendo necesario obtener para superarlas un mínimo de 5 puntos en cada una de ellas. Para la realización de una prueba será
necesaria la previa superación de la anterior. La nota final será la media aritmética correspondiente al conjunto de las pruebas.
Las pruebas culturales se calificarán en su conjunto de 0 a 10 puntos, siendo necesario
obtener para superarlas un mínimo de 5 puntos, resultante de la media ponderada de la puntuación obtenida en la prueba de conocimientos y en la prueba de idioma, calificadas cada
una de ellas de 0 a 10 puntos, siendo preciso obtener en ambas, al menos, una calificación
de 5 puntos, y sin que el porcentaje de ponderación de la prueba de idioma pueda ser inferior al 10 por ciento ni superior al 20 por ciento respecto a la calificación final del conjunto de estas pruebas.
El reconocimiento médico se calificará como “apto” o “no apto”.
El Tribunal Calificador queda facultado para la determinación del nivel mínimo exigido para la obtención de la calificación mínima de cinco puntos y de la calificación de
“apto”, de conformidad con el sistema de valoración que se adopte en cada prueba.
Las mujeres embarazadas que prevean qué, por las circunstancias derivadas de su
avanzado estado de gestación y previsión de parto, o eventualmente primeros días del puerperio, su coincidencia con las fechas de realización de cualquiera de los exámenes o pruebas previstos en el proceso selectivo podrán ponerlo en conocimiento del tribunal, uniendo
a la comunicación el correspondiente informe médico oficial. La comunicación deberá realizarse con el tiempo suficiente y el tribunal determinará con base en la información de que
disponga, si procede o no realizar la prueba en un lugar alternativo o bien un aplazamiento
de la prueba, o bien ambas medidas conjuntamente.
6.1.2. Calificación de las pruebas.
a) Pruebas psicotécnicas.
Serán homologadas en la forma que determine la Comunidad de Madrid, orientadas
a comprobar que las aptitudes y rasgos de personalidad de las y los aspirantes son
los más adecuados para la función policial a desempeñar. Para ello se realizarán:
— Test de inteligencia general y/o aptitudes en los que se valorará la capacidad
verbal, numérica y espacial, razonamiento, atención-percepción.
— Pruebas de personalidad y capacidades: se valorarán aspectos tales como estabilidad emocional, autoconfianza, habilidades interpersonales.
Las pruebas psicotécnicas se calificarán como “apta/o” o “no apta/o”.
Para la valoración y calificación de las pruebas psicotécnicas se requerirán los servicios de personal especializado que emitirá su informe con arreglo a las condiciones
de la convocatoria. A la vista de dicho informe el Tribunal Calificador resolverá.
b) Pruebas físicas.
Serán adecuadas a las funciones a realizar y tendentes a comprobar, entre otros aspectos, las condiciones de equilibrio, velocidad, resistencia y coordinación. Para
ello se realizarán las siguientes pruebas:
— Carrera de resistencia sobre 800 metros.
— Carrera de velocidad sobre 60 metros.
— Lanzamiento de balón medicinal.
— Salto de longitud desde posición de parado.
— Natación (25 metros).

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