C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20240217-4)
Convenio colectivo –  Resolución de 25 de enero de 2024, de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, sobre registro, depósito y publicación del convenio colectivo de la empresa Gerosol Asistencia, S. L. (código número 28100832012014)
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 41

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 17 DE FEBRERO DE 2024

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Desarrollará las funciones que se detallan a continuación, así como aquellas que le sean
solicitadas o incluidas en el pliego de condiciones, siempre que tengan relación con las mismas y/o
con su titulación, o competencia profesional:















Planificar y organizar el trabajo del servicio/centro mediante una adecuada programación de
objetivos y distribución de trabajo.
Gestionar coordinar a los profesionales bajo su responsabilidad y diseñar los planes de
intervención.
Realizar seguimiento periódico y continuado de manera individual o grupal, con los profesionales a
su cargo que intervengan en plan de intervención.
Coordinación periódica con sus superiore de área y con otros profesionales.
Elaborar informes sociales y sociosanitarios de inicio del servicio y de seguimiento de éste.
Ejecutar las actividades administrativas e informáticas inherentes a su puesto de trabajo.
Reuniones de seguimiento con el equipo profesional para conocer la evolución del
beneficiario del servicio y adecuar los planes de intervención conforme a su situación real.
Realizar visitas domiciliarias: previa al inicio del servicio para conocer y evaluar la situación
sociofamiliar y sanitaria de la persona beneficiaria, al inicio del servicio para la presentación
del profesional de atención directa y de seguimiento del servicio.
Reportar a su responsable directo todas a aquellas incidencias relacionadas con el servicio.
Informar a las personas beneficiarias en colaboración con trabajadores o trabajadoras
sociales de las entidades contratantes, de aquellos aspectos que se consideren oportunos.
Promover la participación e integración del beneficiario del servicio en todos aquellos recursos
y programas de su entorno orientados a mejorar su bienestar social y calidad de vida.
Participar en el proceso de selección de los profesionales clasificados dentro del grupo
profesional V de este convenio.
Organización y supervisión del trabajo del/la ayudante de coordinación.
Participar en los programas de formación continuada, del grupo profesional V de este
convenio, junto con el coordinador de formación.

Dispondrán de la titulación requerida y/o experiencia para el desarrollo de sus funciones en función
de lo regulado en la normativa vigente.

Coordinador/a de Formación
El coordinador/a de formación será responsable no solo de la detección de necesidades formativas y de
la administración de formación, sino también de la programación de contenido, la selección de las
personas a las que hay que proporcionárselo y del seguimiento y evaluación de esa capacitación.









Analizar y detectar de las necesidades, teniendo en cuanta las fortalezas y debilidades de la
empresa y los profesionales en el ámbito laboral y sus necesidades en cuanto al desarrollo de
competencias y habilidades para luego determinar a quién capacitar, acerca de qué, cómo
hacerlo y con qué objetivos.
Planificar, organizar y diseñar junto con los responsables de área el plan de capacitación
según los objetivos propuestos.
Ejecutar del plan de formación con los recursos disponibles de la empresa, velando por el
cumplimiento de las acciones formativas planificadas.
Evaluar el logro de la capacitación en base, a grandes rasgos, al aprendizaje, la habilidad
demostrada y desempeño de su competencia laboral y a los resultados obtenidos.
Gestionar los trámites administrativos asociados al plan de formación (subvenciones, formación
bonificada, cursos externos, prácticas laborales) como todas las acciones administrativas que el
director de área considere.
Realizar la Memoria de actividades formativas del centro.
En general, todas aquellas actividades no especificadas anteriormente que le sean pedidas y
que tengan relación con lo anterior.

Es el personal que provisto de la titulación correspondiente y con capacidad legal para el ejercicio
de su profesión.
Desarrollará las funciones que se detallan a continuación, así como aquellas que le sean
solicitadas y que tengan relación con las mismas y/o con su titulación o competencia profesional:


Planificar y organizar el trabajo social del centro y/o servicio mediante una adecuada programación
de objetivos y racionalización del trabajo.

BOCM-20240217-4

Trabajador/a Social