Mancomunidad Intermunicipal de Servicios Sociales Las Vegas (BOCM-20240216-94)
Organización y funcionamiento. Estatutos Mancomunidad
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 40
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 16 DE FEBRERO DE 2024
Pág. 245
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
94
MANCOMUNIDAD INTERMUNICIPAL DE SERVICIOS
SOCIALES LAS VEGAS
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
BOCM-20240216-94
Aprobado inicialmente por el Pleno de la Mancomunidad Intermunicipal de Servicios
Sociales “Las Vegas”, en sesión celebrada el día 6 de febrero de 2024, la modificación del
artículo 9 de los estatutos de la Mancomunidad.
Se expone al público por un plazo de quince días hábiles a contar desde el siguiente a
la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID.
Durante el citado período los legítimamente interesados podrán examinar el expediente y formular ante el Pleno las reclamaciones y sugerencias que estimen oportunas.
Si al término del período de exposición al público no se hubiesen presentado reclamaciones y una vez ratificada la citada modificación por los Plenos de todos los Ayuntamientos que integran la Mancomunidad, se procederá a su publicación definitiva, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 70 de la Ley 2/2003, de 11 de marzo, de Administración
Local de la Comunidad de Madrid.
San Martín de la Vega, a 7 de febrero de 2024.—El presidente, Javier Pizarro Vinagre.
(03/2.088/24)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
B.O.C.M. Núm. 40
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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
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MANCOMUNIDAD INTERMUNICIPAL DE SERVICIOS
SOCIALES LAS VEGAS
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
BOCM-20240216-94
Aprobado inicialmente por el Pleno de la Mancomunidad Intermunicipal de Servicios
Sociales “Las Vegas”, en sesión celebrada el día 6 de febrero de 2024, la modificación del
artículo 9 de los estatutos de la Mancomunidad.
Se expone al público por un plazo de quince días hábiles a contar desde el siguiente a
la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID.
Durante el citado período los legítimamente interesados podrán examinar el expediente y formular ante el Pleno las reclamaciones y sugerencias que estimen oportunas.
Si al término del período de exposición al público no se hubiesen presentado reclamaciones y una vez ratificada la citada modificación por los Plenos de todos los Ayuntamientos que integran la Mancomunidad, se procederá a su publicación definitiva, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 70 de la Ley 2/2003, de 11 de marzo, de Administración
Local de la Comunidad de Madrid.
San Martín de la Vega, a 7 de febrero de 2024.—El presidente, Javier Pizarro Vinagre.
(03/2.088/24)
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ISSN 1989-4791