D) Anuncios - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20240216-48)
Depósito estatutos –  Resolución de 1 de febrero de 2024, de La Dirección General de Trabajo de La Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, sobre modificación de los estatutos de la organización sindical denominada Sindicato Ferroviario de Madrid-SFM (Número de Depósito 28000228)
Página 1 Pág. 1
2 >> Página 2 >>
2 páginas totales
Página
BOCM
B.O.C.M. Núm. 40

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 16 DE FEBRERO DE 2024

Pág. 117

I. COMUNIDAD DE MADRID

D) Anuncios
Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
48

RESOLUCIÓN de 1 de febrero de 2024, de La Dirección General de Trabajo de
La Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, sobre modificación de los estatutos de la organización sindical denominada Sindicato Ferroviario de
Madrid-SFM (Número de Depósito 28000228).

Visto el escrito de solicitud de modificaciones estatutarias presentado por D. Sixto Casado Aldana, en representación de la asociación sindical denominada Sindicato Ferroviario
de Madrid, en siglas SFM, y teniendo en cuenta los siguientes:
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero
Que la citada asociación presentó escrito, con registro de entrada 28/2024/000009, en
esta Oficina de Depósito de Estatutos, de fecha 5 de enero de 2024, por el que solicita el depósito de la modificación de sus estatutos.
Al observarse defectos en la documentación presentada, se requirió con fecha de 11 de
enero de 2024, la subsanación de los mismos, que fue efectuada el día 23 de enero de 2024.
Se adjunta certificación de los acuerdos de modificación estatutaria adoptados en el V
Congreso del Sindicato Ferroviario de Madrid, celebrado el 7 de junio de 2018, firmada por el
Secretario General. Asimismo se aporta el texto íntegro de los nuevos estatutos modificados.
Se modifican íntegramente los estatutos que se ordenan en 7 títulos y 28 artículos. En
particular, en el artículo 5 de los nuevos estatutos, se incluye el cambio de denominación y
en el artículo 6, las siglas del sindicato.
Segundo
Que examinada la documentación presentada se comprueba que la misma cumple todos los requisitos legales establecidos en el artículo 4.8 de la Ley Orgánica 11/85, de Libertad Sindical y en el artículo 7 del Real Decreto 416/2015, de 29 de mayo.
A los anteriores Antecedentes, son de aplicación los siguientes:
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero

Segundo
Que examinada la documentación presentada se comprueba que la misma cumple todos los requisitos legales establecidos en el artículo 4.8 de la Ley Orgánica 11/85, de Libertad Sindical y en el artículo 7 del Real Decreto 416/2015, de 29 de mayo.
Por todo lo expuesto, esta Dirección General de Trabajo,

BOCM-20240216-48

Que la Dirección General de Trabajo es competente para resolver la presente solicitud,
de conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica 11/1985, de 2 de agosto de Libertad
Sindical y en el Real Decreto 932/95, de 9 de junio, sobre Traspaso de Funciones y Servicios de la Administración del Estado a la Comunidad de Madrid, en materia de Trabajo y
demás disposiciones complementarias concordantes.