Mancomunidad Intermunicipal de Servicios Sociales del Este de Madrid (MISSEM) (BOCM-20240215-89)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 15 DE FEBRERO DE 2024

B.O.C.M. Núm. 39

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
89

MANCOMUNIDAD INTERMUNICIPAL DE SERVICIOS
SOCIALES DEL ESTE DE MADRID (MISSEM)
OFERTAS DE EMPLEO

BOCM-20240215-89

Habiéndose aprobado por Resolución de Presidencia número 2024-0059, de 13 de febrero de 2024, las bases de la convocatoria para cubrir, por el sistema de concurso-oposición,
una plaza de personal laboral fijo, con categoría de Psicólogo/a del Punto Municipal del Observatorio Regional de Violencia de Género, afectada por la convocatoria excepcional de estabilización de empleo temporal de larga duración, para la Mancomunidad Intermunicipal de
Servicios Sociales del Este de Madrid (MISSEM), se abre el plazo de presentación de solicitudes, que será de veinte días hábiles, a contar desde el día siguiente a la publicación de extracto de este anuncio en el “Boletín Oficial del Estado”.
Las bases están expuestas íntegramente en el tablón virtual y en la página web de la
Mancomunidad: https://missem.sedelectronica.es ; https://www.missem.org/
La cuantía de la tasa para poder concurrir a las pruebas selectivas viene fijada en la ordenanza reguladora por derechos de examen de la Mancomunidad MISSEM. El importe de
esta tasa es de 30 euros.
Contra las presentes bases, que ponen fin a la vía administrativa, se puede interponer, alternativamente, o recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes, a contar desde el
día siguiente a la publicación del presente anuncio, ante la Presidencia de esta Mancomunidad, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones públicas, o recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Madrid o, a su
elección, el que corresponda a su domicilio, en el plazo de dos meses, a contar desde el día
siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la
Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara
por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contenciosoadministrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio.
Todo ello sin perjuicio de que pueda interponer cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente a su derecho.
En Campo Real, a 13 de febrero de 2024.—La presidenta, Nélida Bernabé Vicente.
(01/2.502/24)

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791