C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20240215-34)
Bases subvenciones –  Orden 258/2024, de 9 de febrero, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se modifica la Orden 1605/2022, de 4 de octubre, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se establecen las bases reguladoras que han de regir la convocatoria pública para la concesión de subvenciones de concurrencia no competitiva destinadas a proyectos de mejora de la eficiencia energética y economía circular en los establecimientos de alojamiento turístico de la Comunidad de Madrid con cargo al “Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (financiado por la Unión Europea) Next Generation EU” componente C14.I4, línea de actuación 2, y se efectúa su convocatoria para el año 2022, corregida por Orden 1988/2022 y por Orden 2038/2022, y modificada por Orden 10/2023 y por Orden 471/2023
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

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JUEVES 15 DE FEBRERO DE 2024

B.O.C.M. Núm. 39

DISPONGO
Artículo primero
Objeto
Modificación del apartado 5, punto 2, de la disposición adicional única de la Orden 1605/2022, de 4 de octubre, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que
se establecen las bases reguladoras que han de regir la convocatoria pública para la concesión
de subvenciones de concurrencia no competitiva destinadas a proyectos de mejora de la eficiencia energética y economía circular en los establecimientos de alojamiento turístico de la
Comunidad de Madrid con cargo al “Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia
(financiado por la Unión Europea) Next Generation EU” componente C14.I4, línea de actuación 2, y se efectúa su convocatoria para el año 2022, corregida por Orden 1988/2022 y
por Orden 2038/2022, y modificada por Orden 10/2023 y por Orden 471/2023, que queda
redactado de la siguiente forma:
“La cuantía inicial total máxima dentro de los créditos disponibles es de 8.854.494,24
euros para financiar esta línea de ayudas en 2022 a cargo del Plan de Recuperación, con la
siguiente distribución:
— Año 2022: 0 euros.
— Año 2023: 2.242.010,37 euros.
— Año 2024: 6.612.483,87 euros”.
Artículo segundo
Publicación y efectos
La presente Orden entrará en vigor a partir del día siguiente a su publicación en el
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
En Madrid, a 9 de febrero de 2024.
El Consejero de Cultura, Turismo y Deporte,
MARIANO DE PACO SERRANO

BOCM-20240215-34

(03/2.384/24)

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791