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Vías pecuarias –  Resolución de 29 de enero de 2024, del Director General de Agricultura, Ganadería y Alimentación, por la que se anuncia la exposición pública relativa a la autorización de ocupación temporal, de las vías pecuarias Cordel de las Merinas y Colada del camino viejo de Madrid, en el término municipal de Morata de Tajuña, para renovación de red de abastecimiento dentro del contrato 102/2018, lote 8, actuación promovida por Canal de Isabel II, S. A. M. P.
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 14 DE FEBRERO DE 2024

B.O.C.M. Núm. 38

I. COMUNIDAD DE MADRID

D) Anuncios
Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior
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RESOLUCIÓN de 29 de enero de 2024, del Director General de Agricultura, Ganadería y Alimentación, por la que se anuncia la exposición pública relativa a la
autorización de ocupación temporal, de las vías pecuarias Cordel de las Merinas
y Colada del camino viejo de Madrid, en el término municipal de Morata de Tajuña, para renovación de red de abastecimiento dentro del contrato 102/2018,
lote 8, actuación promovida por Canal de Isabel II, S. A. M. P.

Examinado el expediente 1048/23 de ocupación temporal de las vías pecuarias Cordel
de las Merinas y Colada del camino viejo de Madrid, en el término municipal de Morata de
Tajuña, se desprenden los siguientes:
ANTECEDENTES DE HECHO
Con referencia 10/557098.9/23, tiene entrada en esta Área de Vías Pecuarias, solicitud
de autorización de ocupación de las vías pecuarias Cordel de las Merinas y Colada del camino viejo de Madrid en el término municipal de Morata de Tajuña, para renovación de red
de abastecimiento dentro del contrato 102/2018 lote 8, actuación promovida por Canal de
Isabel II, S. A., M. P.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero
La Ley 8/1998, de 17 de junio, de la Comunidad de Madrid, regula las vías pecuarias
existentes en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid, en el marco de la legislación
básica del Estado (Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias).
Segundo
Las ocupaciones temporales de las vías pecuarias están previstas en los artículos 37 y 38
de la citada Ley 8/1998, donde se recoge que la concesión de estas autorizaciones se someterá al trámite de información pública por tiempo de un mes.
Esta Dirección General de Agricultura, Ganadería y Alimentación, en base a las competencias atribuidas por el Decreto 42/2021, de 19 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la
Comunidad de Madrid y el Decreto 237/2021, de 17 de noviembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura.
RESUELVE

Someter al trámite de información pública de un mes, desde el día siguiente a la publicación de la presente Resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID,
el proyecto de ocupación del expediente 1048/23, de referencia.
Segundo
Una vez publicada la presente Resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD
MADRID, el proyecto podrá consultarse en el Portal de Transparencia de la Comunidad
de Madrid, en la ruta http://www.comunidad.madrid/transparencia
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