Alcobendas (BOCM-20240214-58)
Régimen económico. Padrones fiscales
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 38

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 14 DE FEBRERO DE 2024

Pág. 299

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
58

ALCOBENDAS
RÉGIMEN ECONÓMICO

D. Isidro Valenzuela Villarrubia, tesorero del Ayuntamiento de Alcobendas (Madrid).
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 24 del Real Decreto 939/2005, de 29
de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación, así como en los artículos 21, 23, 57 y 62 de la vigente ordenanza fiscal general de gestión, recaudación e inspección del Ayuntamiento de Alcobendas, se inicia el período voluntario de pago de los tributos de 2024 que a continuación se indican:
CONCEPTO

PERÍODO VOLUNTARIO DE PAGO
DE LOS RECIBOS NO DOMICILIADOS

IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES (URBANA)
IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES (RÚSTICA)
TASA ENTRADA VEHÍCULOS

Del 1 de marzo al 3 de mayo de 2024

TASA TARJETA RESIDENTES DOMICILIADOS

CONCEPTO

FECHA DE VENCIMIENTO DE RECIBOS
CON VENCIMIENTO ESPECIAL

IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES (URBANA)
IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES (RÚSTICA)
TASA ENTRADA VEHÍCULOS

20 de diciembre de 2024

TASA TARJETA RESIDENTES DOMICILIADOS

FECHA DE CARGO DE LOS RECIBOS DOMICILIADOS
FECHA CARGO EN CUENTA DE LOS RECIBOS DOMICILIADOS MODALIDAD ORDINARIA.

A partir del 25 de marzo de 2024

FECHAS DE CARGO EN CUENTA DE LOS RECIBOS DOMICILIADOS DE MODALIDAD 2
PLAZOS (IBI)

-

FECHA DE CARGO EN CUENTA DE LOS RECIBOS CON VENCIMIENTO ESPECIAL.

A partir del 20 de diciembre de 2024

FECHA DE CARGO EN CUENTA APLAZA6 EN 6 PLAZOS.

-

1º plazo:
2º plazo:
1º plazo:
2º plazo:
3º plazo:
4º plazo:
5º plazo:
6º plazo:

a partir del 25 de marzo de 2024
a partir del 3 de junio de 2024
1º día hábil de mayo
1º día hábil de junio
1º día hábil de julio
1º día hábil de agosto
1º día hábil de septiembre
1º día hábil de octubre

Formas de pago de los recibos no domiciliados
a) Pago en efectivo o cargo en cuenta corriente en las entidades colaboradoras.
b) Cheque bancario o cheque conformado, en cuyo caso se deberá hacer efectivo en
CaixaBank, oficina número 5986, calle Constitución, 92, Alcobendas.
c) A través de Internet, en la dirección http://www.alcobendas.org
El pago presencial en las oficinas de las entidades colaboradoras se podrá realizar en
los días hábiles y dentro del horario comercial de apertura establecido por cada entidad de
crédito. Y el pago a través de Internet, podrá realizarse todos los días de la semana las 24
horas al día.
Transcurridos los períodos de pago citados, las deudas serán exigidas por el procedimiento ejecutivo de apremio y devengarán los correspondientes recargos del período ejecutivo, los intereses de demora y, en su caso, las costas que se produzcan.
Alcobendas, a 19 de enero de 2024.—El tesorero, Isidro Valenzuela Villarrubia.
(01/1.892/24)
http://www.bocm.es

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791

BOCM-20240214-58

Lugar de pago de los recibos no domiciliados
Entidades colaboradoras o autorizadas para la recaudación: Banco Bilbao Vizcaya
Argentaria (BBVA), Banco Santander, CaixaBank e Ibercaja.