Villavieja del Lozoya (BOCM-20240214-86)
Organización y funcionamiento. Retribuciones miembros Corporación
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 38

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 14 DE FEBRERO DE 2024

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
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VILLAVIEJA DEL LOZOYA

Habiéndose aprobado definitivamente el expediente de modificación de las retribuciones de los miembros de la Corporación que han de desempeñar el cargo de alcaldesa–presidenta de la Corporación, en régimen de dedicación parcial, con las retribuciones fijadas
en el Acuerdo del Pleno de fecha 22 de diciembre de 2023, se publica el mismo para su general conocimiento dada su trascendencia.
Primero. Establecer a favor de los miembros de la Corporación que desempeñen sus
cargos en régimen de dedicación parcial las retribuciones que a continuación se relacionan,
que se percibirán en 14 pagas, 12 correspondientes a las diferentes mensualidades del año
y las dos restantes correspondientes a las mensualidades de junio y diciembre, pudiendo estas últimas ser prorrateadas, y darles de alta en el régimen general de la Seguridad Social,
debiendo asumir esta Corporación el pago de las cuotas empresariales que corresponda:
El cargo de alcaldesa-presidenta de la Corporación, desempeñándose en régimen de dedicación parcial del 50 %, percibirá una retribución anual bruta de 25.555,04 euros, según lo
establecido en la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado
para el año 2023 para el caso de Corporaciones Locales de menos de 1.000 habitantes.
Segundo. Establecer que los cargos de concejales que no perciban retribuciones por
dedicación exclusiva ni parcial perciban asistencias por la concurrencia efectiva a las sesiones de los órganos colegiados de la Corporación en la cuantía de 46 euros por sesión a la
que efectivamente concurran.
Tercero. Establecer que las indemnizaciones por gastos efectivos ocasionados por
razón de su cargo a los concejales se regirán por lo dispuesto en el Real Decreto 462/2002,
de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio, estableciéndose en defecto
de previsión normativa, un importe de 0,25 euros por kilómetro, por la asistencia de miembros de la Corporación a organismos o reuniones fuera del municipio, a las que se desplacen en su vehículo particular y a las que asistan en representación del Ayuntamiento de Villavieja del Lozoya.
Contra el presente Acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente recurso de reposición potestativo ante el Pleno de este Ayuntamiento, en el
plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio,
de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; o bien interponer directamente recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la
publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de
13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el
recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso-administrativo
hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda interponer Vd. cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente a su derecho.
Villavieja del Lozoya, a 2 de febrero de 2024.—La alcaldesa, Aránzazu Reguera
Carretero.
(03/1.874/24)

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