B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE DIGITALIZACIÓN - AGENCIA PARA LA ADMINISTRACIÓN DIGITAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID (BOCM-20240214-13)
Aspirantes proceso selectivo –  Resolución 62/2024, de 2 de febrero, de la Consejera-Delegada de la Agencia para la Administración Digital de la Comunidad de Madrid, por la que se aprueban y declaran las listas provisionales de aspirantes admitidos y excluidos del proceso selectivo convocado mediante Resolución 598/2023, de 23 de octubre de 2023
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 38

MIÉRCOLES 14 DE FEBRERO DE 2024

Pág. 63

CAUSAS DE EXCLUSIÓN
C

No presentar o no cumplimentar correctamente el Anexo 4 de las Bases Particulares relativo a la Autorización del representante para
presentar la solicitud en nombre del solicitante, según se indica en el apartado 5 de la Base General Octava.

F

No autorizar la consulta a través de la Plataforma de Intermediación de datos de las Administraciones Públicas y no adjuntar el
documento acreditativo de la Identidad DNI o Pasaporte.

G

No acreditar el pago íntegro o parcial (familia numerosa general) de la tasa por derechos de examen según lo establecido en la Base
General Undécima y de la Base Particular segunda de la convocatoria.

H

No presentar acreditación de exención de tasas por desempleo o presentación de documentación no valida
Se tendrá la consideración de personas desempleadas, aquellas que figuren en los Servicios públicos de empleo como demandantes de
empleo con una antigüedad mínima de seis meses acreditada, referida a la fecha de publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA
COMUNIDAD DE MADRID de las bases de la convocatoria de este proceso de selección. (Publicación BOCM: 31 de octubre de 2023)

N

No acreditar adecuadamente, no constar el dato en la Plataforma de Intermediación de datos de las Administraciones Públicas y/o no
poseer la titulación académica requerida, según se indica en el perfil correspondiente del Anexo 3 de las Bases particulares que rigen el
proceso selectivo.

O

No aportar el Informe de vida laboral o documento acreditativo de los servicios prestados como funcionario público, emitido por las
unidades de personal correspondientes de su destino, o no aportarlos fechados con posterioridad a los últimos 30 días anteriores a la
publicación de las Bases particulares que rigen el proceso selectivo.

P

No haberse podido validar si la experiencia mínima del candidato es la requerida en el objeto del puesto, según lo indicado en el perfil
correspondiente del Anexo 3 de las Bases particulares que rigen el proceso selectivo.

S

No aportar Currículum Vitae normalizado o ser el formato ilegible, según lo indicado en la Base General Octava apartado 3.e) y en la
Base Particular Tercera.
El CV normalizado se puede descargar de la Web de empleo de Madrid Digital:
https://www.comunidad.madrid/servicios/empleo/procesos-selectivos-agencia-administracion-digital

B

No figurar en la relación provisional de aspirantes admitidos ni en la de excluidos

ANEXO II
RELACIÓN PROVISIONAL DE PERSONAS ASPIRANTES QUE HAN SOLICITADO ADAPTACIÓN DE MEDIOS, CON INDICACIÓN
DE SI DEBEN APORTAR O NO DOCUMENTACION ACREDITATIVA DE LA NECESIDAD DE ADAPTACION
DNI

APELLIDOS Y NOMBRE

DOCUMENTACIÓN A ACREDITAR

***7150**

ALMAZÁN NAVACERRADA, JOSE

3.1, 3,2 y 3.3

***4636**

GONZALEZ GARCIA, ALBERTO SERAFIN

3.1, 3,2 y 3.3

***4158**

PÉREZ MAESTRE, JOSE ANTONIO

3.1, 3,2 y 3.3

***9854**

PORTELA DÍEZ, OSCAR

3.3

3.1

La/s deficiencia/s, que hayan dado origen al grado de discapacidad reconocido que justifiquen la necesidad de las
adaptaciones solicitadas, en los términos indicados la Base General Décima de la Resolución 422/2023 de 31 de julio.

3.2

Descripción detallada de los medios materiales y humanos y en su caso, las condiciones de accesibilidad que haya
de tener el recinto o espacio físico donde las pruebas se desarrollen, en los términos indicados la Base General
Décima de la Resolución 422/2023 de 31 de julio.

3.3

En el caso de que la adaptación solicitada consista en un tiempo adicional para la realización de la prueba, deberá de
indicar en el apartado 5 del formulario de subsanación, el tiempo adicional solicitado, el cual deberá ajustarse a lo
establecido en la Orden PRE/1822/2006 de 9 de junio, por la que se establecen los criterios generales para la
adaptación de tiempos adicionales en los procesos selectivos para el acceso al empleo público de personas con
discapacidad.

BOCM-20240214-13

Según lo indicado en la Base General Décima de la Resolución 422/2023 de 31 de julio (BOCM núm. 189 de 10 de agosto), relativa
a los aspirantes que soliciten adaptación de tiempo y/o medios deberán de aportar documentación acreditativa de: