Madrid (BOCM-20240213-35)
Régimen económico. Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte. Extracto convocatoria subvenciones
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 13 DE FEBRERO DE 2024

B.O.C.M. Núm. 37

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
35

MADRID
RÉGIMEN ECONÓMICO

Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte
Extracto del decreto de 25 de enero de 2024, de la Delegada del Área de Gobierno de
Cultura, Turismo y Deporte, por el que se aprueba la convocatoria de una beca de investigación en los fondos documentales del archivo de la Villa para el año 2024.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
( http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index ).
Primero. Objeto.—Mediante el presente Decreto se convoca, en régimen de concurrencia competitiva, una beca de investigación en los fondos documentales del Archivo de
Villa para el año 2024.
Esta beca tiene como finalidad contribuir a la formación de profesionales que recientemente hayan completado sus estudios superiores en las disciplinas recogidas en el artículo 5.1.b) mediante el apoyo y tutelaje en la elaboración de un proyecto de investigación en
los fondos documentales del Archivo de Villa en el siglo XIX.
Segundo. Beneficiarios.—Para poder participar en esta convocatoria las personas solicitantes habrán de reunir los siguientes requisitos:
a) Ostentar la nacionalidad española o, en caso contrario, si la persona solicitante
procede de un país en el que el español no es lengua madre, disponer de un conocimiento de la lengua española equivalente, como mínimo, a un B2 del Marco Común Europeo de referencia. En caso de que, durante la entrevista, la comisión de
valoración tenga dudas acerca del cumplimiento de este requisito, podrá solicitar
una acreditación documental.
b) Poseer un título universitario oficial, expedido en el curso académico 2018/2019 o
uno posterior, por una universidad española u homologado por el Ministerio de
Educación y Formación Profesional, en Ciencias Sociales y Jurídicas (incluye, entre otros, los títulos en Ciencia Política y Administración Pública, Ciencia Política y Gestión Pública, Ciencias Políticas, Derecho, Gestión y Administración Pública, Grado abierto en Ciencias Sociales y Humanidades, Historia y Política,
Información y Documentación, Relaciones Internacionales, Periodismo, Sociología) o Artes y Humanidades (incluye, entre otros títulos, Filosofía, Historia, Humanidades).
Se aceptarán aquellas titulaciones que, aun teniendo una denominación distinta de
las anteriores, tengan un contenido educativo semejante de forma que quede garantiza la idoneidad del perfil curricular para las funciones a desarrollar mediante
la beca.
Las personas solicitantes no podrán encontrarse incursas en alguna de las prohibiciones previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y en el artículo 15 de
las Ordenanzas de Bases Reguladoras Generales para la concesión de subvenciones por el
Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos, aprobada por el Pleno de 30 de octubre de 2013.
Tampoco podrán tener pendiente el pago de obligaciones por reintegro de subvenciones en los términos establecidos en el artículo 21 del Reglamento de la citada Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.
Tercero. Normativa aplicable.—La presente convocatoria se regirá, con carácter general, por lo dispuesto en: la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones; el
Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la citada Ley;

BOCM-20240213-35

BDNS 741798