Alcobendas (BOCM-20240213-40)
Organización y funcionamiento. Ordenanza movilidad
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 13 DE FEBRERO DE 2024

B.O.C.M. Núm. 37

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
40

ALCOBENDAS
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

BOCM-20240213-40

El Pleno del Ayuntamiento de Alcobendas, en su sesión ordinaria celebrada el 25 de
enero de 2024, acordó aprobar inicialmente la modificación de la ordenanza reguladora de
la movilidad del Ayuntamiento de Alcobendas.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 49.b) y 70.2 de la Ley 7/85, de 2 de
abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, en relación con el artículo 56 del Real
Decreto 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de régimen local, se somete el expediente a información
pública y audiencia a los interesados por el plazo de 30 días hábiles, contados a partir del
siguiente al de la inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, durante el cual podrán examinarse y presentarse las reclamaciones que se estimen oportunas, estando el expediente a disposición del público en el Ayuntamiento de Alcobendas, Departamento de Secretaría General del Pleno, sito en la plaza Mayor, número 1, 3.a planta.
Se entenderá definitivamente aprobada la modificación de la ordenanza reguladora de
la movilidad del Ayuntamiento de Alcobendas, en el caso de que en el plazo señalado no se
formulasen reclamaciones y sugerencias.
Alcobendas, a 1 de febrero de 2024.—La secretaria general del Pleno, Gloria Rodríguez
Marcos.
(03/1.770/24)

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791