Venturada (BOCM-20240213-67)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
<< 6 << Página 6
Página 7 Pág. 7
-
7 páginas totales
Página
BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Pág. 448

MARTES 13 DE FEBRERO DE 2024

B.O.C.M. Núm. 37

13. Bolsa de empleo

BOCM-20240213-67

Los/as aspirantes que hubieran obtenido una puntación mínima de 3 en el proceso selectivo, pasarán a formar parte de una bolsa de interinidad, según el orden de la calificación
definitiva, para futuros nombramientos como personal laboral temporal en caso de vacancia o ausencia del titular (guardas legales, permisos por maternidad, bajas por enfermedad,
licencias…), salvo que el/la interesado/a manifieste expresamente en su solicitud de participación de las pruebas selectivas su voluntad en contrario. La bolsa de trabajo será rotativa en todo momento, de tal forma que los eventuales nombramientos comenzarán según el
orden de puntuación de las personas seleccionadas, siguiendo en orden decreciente hasta su
total agotamiento de la bolsa, en su caso. Si el candidato fuere llamado por primera vez para
ocupar el puesto o realizar la sustitución y renunciará a ella sin causa justificada, quedará
en el mismo puesto en la bolsa pasando turno al siguiente. La segunda renuncia sin causa
justificada supondrá la expulsión de la bolsa. La renuncia por causa justificada supondrá el
mantenimiento del candidato en el lugar de la bolsa que le corresponde por orden de puntuación, pero permanecerá en suspenso hasta que el propio interesado comunique a la Corporación su disponibilidad para futuros llamamientos.
Se entiende por causa justificada aquella que no deriva de la voluntad del interesado
(enfermedad, maternidad, etc.), así como la existencia de un nombramiento o contrato con
una Administración Pública o con una empresa privada. Dicha causa debe ser acreditada
por cualquier medio permitido en derecho (parte de baja médica, contrato de trabajo, etc.).
La bolsa resultante de cada proceso permanecerá en vigor hasta la aprobación de una
nueva bolsa resultante de una convocatoria posterior y dejará sin vigencia las listas derivadas de procesos anteriores.
Las presente bases vinculan a la Administración, al Tribunal Calificador y a quienes
participen en el proceso selectivo. Cuantos actos administrativos se deriven de ellas y de las
actuaciones del Tribunal Calificador podrán ser impugnadas por los interesados en los casos y formas que determina la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local y Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones Públicas, así como en su caso en la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
El plazo de presentación de solicitudes de participación será de 10 días hábiles, a contar desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el “Boletín Oficial del Estado”.
Contra la convocatoria y sus bases, que ponen fin a la vía administrativa, se puede interponer alternativamente o recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, ante el Alcaldía del Ayuntamiento de Venturada de conformidad con los artículos 123 y 124 de Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo, ante los Juzgados de lo contencioso-administrativo de
Madrid o, a su elección, el que corresponda a su domicilio, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE
LA COMUNIDAD DE MADRID, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de
julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso
de reposición potestativo, no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que
aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo
ello sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime pertinente.
En Venturada, a 25 de enero de 2024.—La alcaldesa, Carolina Folgueira Flores.
(03/1.813/24)

http://www.bocm.es

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791