San Martín de la Vega (BOCM-20240212-61)
Régimen económico. Plan estratégico subvenciones
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BOCM

LUNES 12 DE FEBRERO DE 2024

B.O.C.M. Núm. 36

c) Plazo de ejecución: anual.
d) Costes previsibles: los costes previstos para cada ejercicio serán, hasta el máximo
de las disponibilidades presupuestarias destinadas recogidas en el presupuesto que
se apruebe.
e) Fuentes de financiación: el presupuesto municipal, de acuerdo con las aplicaciones presupuestarias recogidas en el plan de actuación y líneas específicas.
f) Procedimiento de concesión: el procedimiento de concesión se realizará en general por concurrencia competitiva, y directa para las entidades que figuran nominativamente en el presupuesto o si concurren por razones de interés público, social,
económico o humanitario.
g) Plan de actuación: el plan de actuación para la ejecución de esta línea estratégica,
se realizará mediante la elaboración de las correspondientes bases de convocatoria y los convenios de colaboración que puedan firmarse para regular el otorgamiento de subvenciones nominativas.
Línea 7. Ayudas de carácter social a personas para conservación y rehabilitación de
la edificación:
a) Objetivo estratégico: actuaciones que mejoren la accesibilidad o supriman barreras arquitectónicas y contribuyan a la autonomía de las personas.
b) Objetivos específicos: la finalidad de estas subvenciones consistirá en fomentar la
realización de actuaciones de adaptación de las viviendas en donde residan personas con discapacidad, para la mejora de su calidad de vida mediante la eliminación de barreras arquitectónicas y la mejora de su autonomía, con el fin de facilitar la movilidad interior o aumentar la seguridad en el entorno doméstico.
c) Plazo de ejecución: convocatorias anuales.
d) Costes previsibles: los costes previstos para el ejercicio serán, hasta el máximo de
las disponibilidades presupuestarias destinadas recogidas en el presupuesto que se
apruebe.
e) Fuentes de financiación: el presupuesto municipal, de acuerdo con las aplicaciones presupuestarias recogidas en el plan de actuación y líneas específicas.
f) Procedimiento de concesión: El procedimiento de concesión se realizará en general por concurrencia competitiva, y directa para las entidades que figuran nominativamente en el presupuesto o si concurren por razones de interés público, social,
económico o humanitario.
g) Plan de actuación: el plan de actuación para la ejecución de esta línea estratégica,
se realizará mediante la elaboración de las correspondientes bases de convocatoria y los convenios de colaboración que puedan firmarse para regular el otorgamiento de subvenciones nominativas.
VII. Beneficiarios y procedimiento concesión
a) Beneficiarios: tendrá la consideración de beneficiario de subvenciones la persona
o entidad que realice la actividad que fundamenta su otorgamiento o que se encuentre en la situación que legítima su concesión.
b) Procedimientos de concesión: el Ayuntamiento de San Martín de la Vega concederá subvenciones, en los términos de la normativa vigente en materia de subvenciones, mediante convocatoria pública en régimen de concurrencia competitiva, o
excepcionalmente, a través de concesión directa, a favor de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, comunidad de bienes o cualquier otro tipo de unidad
económica o patrimonio separado que, aun careciendo de personalidad jurídica,
pueda llevar a cabo los proyectos o actividades o comportamiento que se encuentren en la situación que motiva la subvención.
Para que una actividad pueda ser objeto de subvención o ayuda con cargo a los
Presupuestos Generales del Ayuntamiento, deberá perseguir alguno de los siguientes fines:
— Complementar, colaborar, servir, propiciar o suplir fines de competencia municipal.
— Fomentar una actividad de interés social.
— Fomentar asociaciones cuyo objeto sea la defensa de los intereses generales o
sectoriales de los vecinos.
— Coadyuvar a la integración social, mediante ayudas económicas, a aquellos
ciudadanos que se encuentren en determinadas situaciones de vulnerabilidad
social en defensa del principio de igualdad de oportunidades.

BOCM-20240212-61

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