Venturada (BOCM-20240212-69)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 36

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 12 DE FEBRERO DE 2024

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7. Fase de Concurso
La fase de Concurso, en la que la puntuación máxima a obtener será de 10 puntos, consistirá en la valoración de los méritos que acrediten, referidos a la fecha de finalización del
plazo de presentación de solicitudes en la presente convocatoria, y de acuerdo con el siguiente baremo:
1. Experiencia Profesional: Se computará por meses completos de servicio (a jornada completa o se calculará la proporcionalidad de la misma) y hasta un máximo de 6 puntos, según se detalla a continuación:
a) Los servicios prestados en el Ayuntamiento de Venturada, en el puesto de trabajo
objeto de esta convocatoria al tratarse de un proceso extraordinario de estabilización de empleo temporal: a razón de 0,08 puntos por mes de servicio.
b) Los servicios prestados en el Ayuntamiento de Venturada, en otros puestos distintos al objeto de convocatoria del mismo ámbito de servicio o categoría profesional a razón de 0,06 puntos por mes de servicio.
c) Los servicios prestados en otras Entidades Locales en el puesto equiparable a la del
objeto de la presente convocatoria a razón de 0,035 puntos por mes de servicio.
d) Los servicios prestados en otras Administraciones del Sector Público en un puesto
equiparable a la del objeto de la presente convocatoria a razón de 0,025 puntos por
mes de servicio.
2.

Formación: hasta un máximo de 4 puntos, según se detalla a continuación:

a) Por la posesión del carnet de conducir tipo B, 1 punto.
b) Por la posesión del carnet de conducir tipo C, 1 punto.
c) Cursos de formación y perfeccionamiento sobre materias relacionadas con las
funciones propias del puesto de trabajo solicitado, impartidos por Administraciones Públicas, Centros o Entidades acogidos al Plan de Formación Continua de las
Administraciones Públicas o Formación Continuada del Sistema Nacional de Salud, por las Universidades, Colegios Oficiales y Sindicatos, o bien por cualquier
organismo público o privado así como los impartidos por Centros Oficiales reconocidos por el Ministerio de Educación y Ciencia, que se acrediten mediante título, diploma o certificación que exprese la duración de los cursos, con una puntuación máxima de hasta 1 punto, se valorará:
iii. Hasta 50 horas: 0,50 puntos.
iii. De 51 a 100 horas: 0,75 puntos.
iii. Más de 100 horas: 1 punto.
En los cursos en los que no se acredite el número de horas no serán valorados.
No se valorarán las titulaciones académicas exigidas por el artículo 76 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básica del Empleado Público, para el acceso a los distintos Grupos de titulación ni los cursos encaminados a la obtención de las mismas.
Los cursos se acreditarán mediante la presentación del correspondiente diploma,
título o certificado.
d) Otros méritos: Se valorará con un máximo de 1 punto los méritos específicos, relacionados con el puesto a cubrir y valorados con arreglo a la siguiente escala:

En caso de empate en la fase de concurso, se estará a lo dispuesto en el artículo 44 del
Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, que establece que en caso de empate en la puntuación se acudirá para dirimirlo a la otorgada a los méritos enunciados en el apartado primero de este artículo según el orden establecido:
— Quien más puntuación obtenga en antigüedad experiencia profesional en el Ayuntamiento convocante (apartado 1.a).
— Quien tenga un curso relacionado con Prevención de riesgos laborales.
De persistir el empate se dirimirá en favor del aspirante que en la actualidad mantenga un contrato de trabajo temporal en vigor de la plaza ofertada.

BOCM-20240212-69

ii. Curso PRL de conducción y manejo de plataformas elevadoras (0,5 puntos).
ii. Curso PRL de conducción y manejo de maquinaria mov. Tierras (0,5 puntos).