B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20240212-13)
Convocatoria proceso selectivo –  Resolución de 1 de febrero de 2024, de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se convoca procedimiento selectivo para ingreso en el Cuerpo de Maestros y para adquisición de nuevas especialidades en el citado Cuerpo
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 36

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 12 DE FEBRERO DE 2024

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— Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de Protección Integral a la Infancia y la Adolescencia frente a la Violencia.
— Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público.
— Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública.
— Ley 1/1986, de 10 de abril, de la Función Pública de la Comunidad de Madrid.
— Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
— Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público.
— Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de
ingreso, accesos y adquisición de nuevas especialidades en los Cuerpos docentes
a que se refiere la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, y se regula
el régimen transitorio de ingreso a que se refiere la disposición transitoria decimoséptima de la citada Ley.
— Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón de servicio.
— Real Decreto 1110/2015, de 11 de diciembre, por el que se regula el Registro Central de Delincuentes Sexuales.
— Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de ingreso del personal al servicio de la Administración General del Estado
y de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios
civiles de la Administración General de Estado.
— Decreto Legislativo 1/2002, de 24 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad de Madrid.
— Decreto 54/2006, de 22 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula el
acceso de las personas con discapacidad a la Administración de la Comunidad de
Madrid.
— Decreto 230/2001, de 11 de octubre, por el que se regula el acceso a la Función Pública de la Administración de la Comunidad de Madrid a los nacionales de los demás Estados miembros de la Unión Europea.
— Decreto 53/2023, de 17 de mayo, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba
la Oferta de Empleo Público de la Comunidad de Madrid para el año 2023.
— Decreto 188/2021, de 21 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la
obligación de relacionarse por medios electrónicos con la Administración de la
Comunidad de Madrid del personal a su servicio y de los participantes en procesos selectivos.
— Lo establecido en las bases de esta convocatoria y la demás normativa que resulte
de aplicación.
Tercera
Para ser admitido en el procedimiento selectivo, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:
3.1. Requisitos generales:
a) Nacionalidad: Deberá concurrir alguna de las siguientes circunstancias:
Tener la nacionalidad española o la nacionalidad de alguno de los demás estados
miembros de la Unión Europea o ser nacional de algún Estado al que sea de aplicación el Reglamento (UE) número 492/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo,
de 5 de abril de 2011, relativo a la libre circulación de los trabajadores dentro de la
Unión y el Real Decreto 240/2007, de 16 de febrero, sobre entrada, libre circulación
y residencia en España de ciudadanos de los estados miembros de la Unión Europea
y de otros Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo.
Igualmente, podrán participar, cualquiera que sea su nacionalidad, los familiares
del ciudadano de la Unión Europea o de otro Estado parte en el Acuerdo sobre el
Espacio Económico Europeo, cuando le acompañen o se reúnan con él, en los términos dispuestos en el artículo 2 del citado Real Decreto 240/2007.
De conformidad con el Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero, aquellos aspirantes
que no tengan la nacionalidad española o que de su origen no se deduzca el conocimiento implícito del idioma castellano, deberán realizar una prueba para acreditar
su competencia en el mismo, tal como se desarrolla en el Anexo II de esta Resolu-

BOCM-20240212-13

Requisitos que deben reunir los candidatos