D) Anuncios - CONSEJERÍA DE SANIDAD (BOCM-20240212-27)
Convenio –  Convenio de 28 de diciembre de 2023, de cooperación educativa entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Sanidad, el Servicio Madrileño de Salud, el Hospital Universitario “Rey Juan Carlos”, la empresa pública Hospital Universitario de Fuenlabrada, el Hospital Universitario Fundación Alcorcón y la Universidad Rey Juan Carlos, para el desarrollo de prácticas por parte de estudiantes de Ingeniería Biomédica en centros de la red sanitaria pública de la Comunidad de Madrid
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BOCM

LUNES 12 DE FEBRERO DE 2024

B.O.C.M. Núm. 36

ANEXO III
ACUERDO DE CONFIDENCIALIDAD Y SEGURIDAD
PARA ESTUDIANTES QUE REALIZAN LAS PRÁCTICAS
EN CENTROS SANITARIOS DEL SERMAS
Los centros sanitarios afectados por el convenio durante el curso académico 202_/2_, acogerán en régimen de prácticas externas curriculares al estudiante abajo consignado, según
los términos del Convenio de Cooperación Educativa del que el presente documento es
anexo inseparable.
Dichos centros acogerán en régimen de prácticas externas al estudiante:
Nombre y apellidos: …………………….
DNI: ………...………………………………
Titulación: ………………………………...
Curso: ……………………………………...
Las prácticas externas se desarrollarán en las instalaciones de los centros sanitarios del
convenio. El período de prácticas es de una edición anual. La duración del programa de
prácticas externas será de un total de 224 horas/alumno.
Durante el período de prácticas externas en los centros sanitarios del SERMAS el estudiante estará cubierto por un seguro de responsabilidad civil a cargo de la URJC.
El estudiante declara tener conocimiento de los términos del Convenio de Cooperación
Educativa y asumirlos en la formulación y contenido convenidos.
A este respecto, el SERMAS y los Hospitales Universitarios de Fuenlabrada, “Rey
Juan Carlos” y Fundación Alcorcón, en cumplimiento del Reglamento (UE) 2016/679 del
Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las
personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación
de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE, la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de
diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales, y la
Ley 41/2002, de 14 de noviembre, Básica Reguladora de la Autonomía del Paciente, tienen
la obligación de garantizar los derechos de protección de datos de los pacientes y de las personas en el tratamiento de sus datos, considerando además que, el tratamiento de datos personales referidos a la salud de una persona, es especialmente sensible y requiere especial
protección. Por todo ello, es necesario que el estudiante conozca y respete los siguientes aspectos durante su estancia en las instalaciones de la entidad:
1. Queda expresamente obligado a mantener absoluta confidencialidad y reserva sobre cualquier dato que pudiera conocer con ocasión del cumplimiento de su función, especialmente los de carácter personal, que no podrá copiar o utilizar con fin distinto al que esté
determinado, ni tampoco ceder a otros ni siquiera a efectos de conservación. Esta obligación subsistirá una vez cumplido el período de prácticas acordado en virtud del Convenio
de Cooperación Educativa.
2. Queda prohibida la salida de información propiedad de los centros sanitarios del
SERMAS obtenida de sus sistemas de información o de otras fuentes, por cualquier medio
físico o telemático, salvo autorización por escrito del Responsable de dicha información.
3. Una vez cumplido el período de prácticas acordado en virtud de Convenio de Cooperación Educativa, los datos personales pertenecientes los centros sanitarios del SERMAS que pudiera tener bajo control del abajo firmante, deberá destruirlos o devolverlos al
centro por el método acordado, así como cualquier otro soporte o documento en que conste algún dato de carácter personal.
4. El acceso lógico a los Sistemas de Información y los centros sanitarios del SERMAS, se hará con la autorización correspondiente, en la forma que se indique y con las medidas de seguridad que se marquen en cada caso, no pudiendo acceder a datos reales sin la
autorización por escrito del Responsable del Tratamiento o Encargado del Tratamiento.
5. Ante cualquier duda que pueda incidir en la seguridad de los Sistemas de Información y Comunicaciones, deberá consultar con su enlace o Responsable en los centros sanitarios del SERMAS. La función del enlace será ofrecerle asesoramiento, atender cualquier tipo
de consulta o necesidad, transmitir instrucciones, ponerle al corriente de sus cometidos, objetivos, entre otras.
6. Queda estrictamente prohibido el uso de programas informáticos en los sistemas de
información los centros sanitarios del SERMAS sin la correspondiente licencia y/o autoriza-

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