C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20240210-3)
Convenio colectivo –  Corrección de errores de la Resolución de 18 de enero de 2024, de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, sobre registro, depósito y publicación del convenio colectivo de la empresa Stellantis España, S. L., Centro de Madrid (CNAE 2910), antes Peugeot Citroën Automóviles España, S. A. (Código número 28000312011981)
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B.O.C.M. Núm. 35

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 10 DE FEBRERO DE 2024

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I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones
Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
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CORRECCIÓN de errores de la Resolución de 18 de enero de 2024, de la Dirección
General de Trabajo de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, sobre registro, depósito y publicación del convenio colectivo de la empresa Stellantis España, S. L., Centro de Madrid (CNAE 2910), antes Peugeot Citroën Automóviles España, S. A. (Código número 28000312011981).

Apreciado error material en la publicación de la citada Resolución en el BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 29, correspondiente al día 3 de febrero
de 2024, páginas 5 a 61 (número de inserción 03/1.024/24), se procede a dejar sin efecto
el mismo y se reproduce a continuación el texto correcto.
RESOLUCIÓN DE 18 DE ENERO DE 2024, DE LA DIRECCIÓN GENERAL
DE TRABAJO DE LA CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA
Y EMPLEO, SOBRE REGISTRO, DEPÓSITO Y PUBLICACIÓN
DEL CONVENIO COLECTIVO DE LA EMPRESA STELLANTIS ESPAÑA, S. L.,
CENTRO DE MADRID (CNAE 2910), ANTES PEUGEOT CITROËN
AUTOMÓVILES ESPAÑA, S. A. (CÓDIGO N.o 28000312011981)
Examinado el texto del Convenio Colectivo de la empresa Stellantis España, S. L.,
Centro de Madrid (CNAE 2910), antes Peugeot Citroën Automóviles España, S. A., suscrito por la Comisión Negociadora del mismo, el día 5 de diciembre de 2023, completada la
documentación exigida en los artículos 6 y 7 del Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo,
sobre registro y depósito de Convenios colectivos, Acuerdos colectivos de trabajo y Planes de Igualdad, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2.1.a) de dicho Real Decreto, en el artículo 90.2 y 3 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, y con el artículo 1, del
Decreto 38/2023, de 23 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid por el que se
establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid, en relación con el artículo 31 del Decreto 230/2023, de 6 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Hacienda
y Empleo, esta Dirección General

1. Inscribir dicho Convenio, en el Registro de Convenios Colectivos, Acuerdos colectivos de trabajo y Planes de Igualdad de esta Dirección, y proceder al correspondiente
depósito en este Organismo.
2. Disponer la publicación del presente Anexo, obligatoria y gratuita, en el Boletín
Oficial de la Comunidad de Madrid.
Contra la presente resolución podrá interponerse recurso de alzada ante la Viceconsejería de Economía y Empleo de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo de la Comunidad de Madrid, de acuerdo con los artículos 112, 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, en el plazo de un mes, y contándose desde el día siguiente de esta notificación, prorrogándose al primer día hábil siguiente cuando el último sea inhábil.
Madrid, a 7 de febrero de 2024.—La Directora General de Trabajo, Silvia Marina Parra
Rudilla.

BOCM-20240210-3

RESUELVE