Cervera de Buitrago (BOCM-20240209-39)
Régimen económico. Presupuesto general
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 34
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 9 DE FEBRERO DE 2024
Pág. 117
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
39
CERVERA DE BUITRAGO
RÉGIMEN ECONÓMICO
BOCM-20240209-39
Habiéndose aprobado definitivamente el expediente de aprobación del presupuesto
municipal del ejercicio 2024 al no haberse presentado alegaciones, se publica el mismo para
su general conocimiento a los efectos del artículo 169.1. y el artículo 20 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, se publica el resumen del mismo por capítulos:
Contra el presente acuerdo, conforme al artículo 171.1 del texto refundido de la Ley
Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de
5 de marzo, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses a contar desde el día de la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 del texto refundido de
la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004,
de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del
acto o acuerdo impugnado.
Cervera de Buitrago, a 30 de enero de 2024.—El alcalde, Isidro Parra Acevedo.
(03/1.609/24)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
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Habiéndose aprobado definitivamente el expediente de aprobación del presupuesto
municipal del ejercicio 2024 al no haberse presentado alegaciones, se publica el mismo para
su general conocimiento a los efectos del artículo 169.1. y el artículo 20 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, se publica el resumen del mismo por capítulos:
Contra el presente acuerdo, conforme al artículo 171.1 del texto refundido de la Ley
Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de
5 de marzo, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses a contar desde el día de la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 del texto refundido de
la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004,
de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del
acto o acuerdo impugnado.
Cervera de Buitrago, a 30 de enero de 2024.—El alcalde, Isidro Parra Acevedo.
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