Valdemaqueda (BOCM-20240209-70)
Régimen económico. Padrones fiscales
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 34

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 9 DE FEBRERO DE 2024

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
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VALDEMAQUEDA
RÉGIMEN ECONÓMICO

Resolución de Alcaldía n.o 2024-0044, de 30 de enero de 2024, del Ayuntamiento de
Valdemaqueda, por el que se aprueban los padrones fiscales y liquidaciones del impuesto
sobre vehículos de tracción mecánica, tasa por prestación del servicio de alcantarillado y
tasa de vado paso de vehículos, correspondientes al período 2024.
Por decreto de Alcaldía número 2024-0044, de 30 de enero de 2024, se han aprobado
los padrones fiscales y liquidaciones del impuesto sobre vehículos de tracción mecánica,
tasa por prestación del servicio de alcantarillado y tasa de vado paso de vehículos, todos del
año 2024.
Los mencionados padrones y liquidaciones permanecerán expuestos al público durante un plazo de veinte días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de este
anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, así como en la Sede Electrónica del Ayuntamiento ( http://aytovaldemaqueda.sedelectronica.es ) y tablón de edictos
de la Casa Consistorial, a efectos de que los interesados puedan presentar alegaciones, reparos u observaciones.
El período voluntario de pago de los mencionados tributos será el comprendido entre
los días 1 de marzo y 30 de abril de 2024, ambos incluidos.
El pago en período voluntario de las correspondientes cuotas tributarias podrá hacerse efectivo a partir del día 1 de marzo de 2024, mediante ingreso directo, transferencia bancaria, o bien en la Oficina Municipal de Recaudación sita en la plaza de España, número 1,
de Valdemaqueda, los días 11 y 25 de marzo y 8 y 29 de abril de 2024, en horario de 10:00
a 13:00 horas.
La fecha prevista de cargo en cuenta de las cuotas tributarias que han sido domiciliadas será el día 1 de abril de 2024.
Transcurrido el período voluntario de cobro sin haberse hecho efectivas las deudas tributarias, se exigirá el pago de las mismas en período ejecutivo mediante el procedimiento
de apremio, con el devengo de los recargos, intereses de demora y costas del procedimiento que procedan, de conformidad con los artículos 26, 28 y 161 de la Ley 58/2003, de 17 de
diciembre, General Tributaria.
Contra el acto de aprobación de los citados padrones y/o las liquidaciones correspondientes podrá interponerse recurso de reposición ante la Alcaldía en el plazo de un mes, a
contar desde el día siguiente al de finalización del período de exposición pública, de acuerdo con el artículo 14.2.c) del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, previo al recurso contencioso administrativo, sin perjuicio de interposición de cualquier otro recurso que se
estime procedente.
El presente anuncio tiene carácter de notificación colectiva, de conformidad con lo establecido en el artículo 102.3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.
En Valdemaqueda, a 30 de enero de 2024.—El alcalde-presidente del Ayuntamiento
de Valdemaqueda, Ricardo Meneses Cabrero.
BOCM-20240209-70

(01/1.629/24)

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ISSN 1989-4791