D) Anuncios - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, VIVIENDA Y AGRICULTURA (BOCM-20240208-13)
Autorización instalación eléctrica –  Resolución de 23 de febrero de 2023, de la Dirección General de Descarbonización y Transición Energética, sobre autorización administrativa y aprobación del proyecto para la instalación de una planta fotovoltaica “Neosol”, con un centro de entrega de energía, cuatro centros de transformación y tres líneas, localizados en el polígono 18, en el término municipal de Villanueva del Pardillo, solicitada por Yildun Investments, S. L. Número expediente: 2022P927-14-0141-00927.4/2020
17 páginas totales
Página
BOCM
B.O.C.M. Núm. 33

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 8 DE FEBRERO DE 2024

Pág. 37

zo no hubiera sido presentada la solicitud del acta de puesta en servicio, acompañada de la
documentación establecida en el Anexo I del Decreto 70/2010, se producirá la caducidad
de la aprobación del proyecto, sin perjuicio de que el interesado pueda solicitar, por causas
justificadas, una ampliación del plazo establecido.
3. La documentación a presentar con la solicitud de acta de puesta en servicio deberá incluir declaración responsable en la que el solicitante certifique que dispone de las oportunas concesiones, autorizaciones o permisos de Administraciones, organismos o empresas
de servicios de interés general o de terceros que puedan verse afectados por la instalación,
en los bienes y derechos a su cargo.
Tercero
La presente autorización administrativa y aprobación de proyecto de ejecución se concede sin perjuicio de las obligaciones del titular de disponer de las autorizaciones, licencias,
informes favorables, aprobaciones o concesiones que fuese necesario obtener de otros organismos oficiales competentes o de terceros y de lo exigido por la ordenación urbanística,
así como del cumplimiento por parte del titular de otras obligaciones con los propietarios
de locales y terrenos.
Cuarto
Se deberán cumplir las condiciones expresadas en el Informe de Impacto Ambiental
emitido por esta Dirección General y señaladas en el Anexo adjunto a la presente resolución,
así como con lo establecido en el condicionado de la autorización de la Dirección General
de Biodiversidad y Recursos Naturales para los trabajos de resalveo de los quercus ilex (encina) afectados por la instalación. Ambos documentos son citados en los antecedentes de hecho, en particular, la condición incluida en la citada autorización sobre la realización de una
plantación compensatoria por la corta, según lo contemplado en el Informe de Impacto Ambiental del proyecto, y de acuerdo a lo recogido en el punto 2.3 del referido Informe.
Contra esta resolución, que no pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada en el plazo de un mes a partir de su notificación ante el Secretario General Técnico de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura de la Comunidad de
Madrid conforme al artículo 121 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Mediante este acto se notifica al interesado la resolución adoptada en el procedimiento
de referencia, de conformidad con lo previsto en el artículo 40 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre.
En Madrid, a 23 de febrero de 2023.—El Director General de Descarbonización y
Transición Energética, Fernando Arlandis Pérez.
ANEXO I
Fase de obras:
— Medidas de protección contra el polvo y el barro (riego de viales, acopios y zonas
afectadas por movimientos de tierra, transporte de los materiales pulverulentos cubierto con lonas, reducción de la altura de descarga, limitación de la velocidad de
circulación a 30 km/h, etc.).
— Uso de maquinaria y vehículos con su correspondiente inspección técnica (ITV).
— Evitar realizar en obra cambios de aceite, filtros y baterías o, en caso de ser necesario, hacerlo en zonas habilitadas. Almacenamiento de aceites usados en recipientes herméticos con entrega a gestor autorizado.
— Restauración de la parte del suelo afectado por derrames accidentales, con extracción de la parte contaminada para su entrega a gestor autorizado.
— En caso necesario, lavado de hormigoneras en zona habilitada con suelo impermeabilizado y con sistema de recogida de efluentes para evitar la contaminación
del suelo.
— Retirada de la tierra vegetal y almacenamiento en cordones de 1,5-2,5 m de altura
para su posterior reutilización en las labores de revegetación.
— Uso de excedentes de tierra en la propia obra o entrega a vertedero de inertes autorizado.
Las tierras de préstamo, de ser necesarias, procederán de canteras o zonas autorizadas.

BOCM-20240208-13

A) Medidas preventivas y correctoras propuestas por el promotor