Navas del Rey (BOCM-20240207-52)
Régimen económico. Calendario fiscal
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 176
MIÉRCOLES 7 DE FEBRERO DE 2024
B.O.C.M. Núm. 32
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
52
NAVAS DEL REY
RÉGIMEN ECONÓMICO
Calendario del contribuyente para el ejercicio 2024, aprobado por el Pleno del Ayuntamiento el 26 de enero de 2024.
CONCEPTO TRIBUTARIO
PLAZO DE COBRANZA
I.V.T.M.
13 MARZO A 13 MAYO
B.I.C.E
15 MAYO A 15 JULIO
I.B.I. URBANA
1ER PLAZO
2º PLAZO
15 MAYO A 15 JULIO
19 SEPTIEMBRE A 19 NOVIEMBRE
TASA BASURAS.
17 JULIO A 17 SEPTIEMBRE
TASA VADOS.
17 JULIO A 17 SEPTIEMBRE
POSTES PUBLICIDAD
17 JULIO A 17 SEPTIEMBRE
VALLAS PUBLICIDAD
17 JULIO A 17 SEPTIEMBRE
I.B.I. RÚSTICA
19 SEPTIEMBRE A 19 NOVIEMBRE
I.A.E
19 SEPTIEMBRE A 19 NOVIEMBRE
BOCM-20240207-52
Lo que se publica para su general conocimiento y cumplimiento, haciéndose saber que,
contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse por
los interesados los siguientes recursos:
1. De reposición, con carácter previo al recurso contencioso-administrativo, dentro
del plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación de este acto, según los artículos 108 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local y 14,
del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
2. Contra la resolución del recurso de reposición, recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de reparto, dentro del plazo de dos
meses, contados a partir de la notificación de la resolución expresa del recurso de reposición; en caso de silencio administrativo, dentro del plazo de seis meses, a partir del vencimiento del plazo de un mes desde el día siguiente al de presentación del recurso de reposición, de conformidad con los artículos 8.1.b), 25.1 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio,
Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa y 14.2.ñ), de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales ya citada.
No obstante, se podrá ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que estime procedente.
En Navas del Rey, a 29 de enero de 2024.—El alcalde-presidente, Jaime Peral Pedrero.
(01/1.500/24)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
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AYUNTAMIENTO DE
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RÉGIMEN ECONÓMICO
Calendario del contribuyente para el ejercicio 2024, aprobado por el Pleno del Ayuntamiento el 26 de enero de 2024.
CONCEPTO TRIBUTARIO
PLAZO DE COBRANZA
I.V.T.M.
13 MARZO A 13 MAYO
B.I.C.E
15 MAYO A 15 JULIO
I.B.I. URBANA
1ER PLAZO
2º PLAZO
15 MAYO A 15 JULIO
19 SEPTIEMBRE A 19 NOVIEMBRE
TASA BASURAS.
17 JULIO A 17 SEPTIEMBRE
TASA VADOS.
17 JULIO A 17 SEPTIEMBRE
POSTES PUBLICIDAD
17 JULIO A 17 SEPTIEMBRE
VALLAS PUBLICIDAD
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19 SEPTIEMBRE A 19 NOVIEMBRE
I.A.E
19 SEPTIEMBRE A 19 NOVIEMBRE
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Lo que se publica para su general conocimiento y cumplimiento, haciéndose saber que,
contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse por
los interesados los siguientes recursos:
1. De reposición, con carácter previo al recurso contencioso-administrativo, dentro
del plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación de este acto, según los artículos 108 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local y 14,
del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
2. Contra la resolución del recurso de reposición, recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de reparto, dentro del plazo de dos
meses, contados a partir de la notificación de la resolución expresa del recurso de reposición; en caso de silencio administrativo, dentro del plazo de seis meses, a partir del vencimiento del plazo de un mes desde el día siguiente al de presentación del recurso de reposición, de conformidad con los artículos 8.1.b), 25.1 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio,
Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa y 14.2.ñ), de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales ya citada.
No obstante, se podrá ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que estime procedente.
En Navas del Rey, a 29 de enero de 2024.—El alcalde-presidente, Jaime Peral Pedrero.
(01/1.500/24)
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