Navas del Rey (BOCM-20240207-52)
Régimen económico. Calendario fiscal
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

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MIÉRCOLES 7 DE FEBRERO DE 2024

B.O.C.M. Núm. 32

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
52

NAVAS DEL REY
RÉGIMEN ECONÓMICO

Calendario del contribuyente para el ejercicio 2024, aprobado por el Pleno del Ayuntamiento el 26 de enero de 2024.
CONCEPTO TRIBUTARIO

PLAZO DE COBRANZA

I.V.T.M.

13 MARZO A 13 MAYO

B.I.C.E

15 MAYO A 15 JULIO

I.B.I. URBANA
1ER PLAZO
2º PLAZO

15 MAYO A 15 JULIO
19 SEPTIEMBRE A 19 NOVIEMBRE

TASA BASURAS.

17 JULIO A 17 SEPTIEMBRE

TASA VADOS.

17 JULIO A 17 SEPTIEMBRE

POSTES PUBLICIDAD

17 JULIO A 17 SEPTIEMBRE

VALLAS PUBLICIDAD

17 JULIO A 17 SEPTIEMBRE

I.B.I. RÚSTICA

19 SEPTIEMBRE A 19 NOVIEMBRE

I.A.E

19 SEPTIEMBRE A 19 NOVIEMBRE

BOCM-20240207-52

Lo que se publica para su general conocimiento y cumplimiento, haciéndose saber que,
contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse por
los interesados los siguientes recursos:
1. De reposición, con carácter previo al recurso contencioso-administrativo, dentro
del plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación de este acto, según los artículos 108 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local y 14,
del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
2. Contra la resolución del recurso de reposición, recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de reparto, dentro del plazo de dos
meses, contados a partir de la notificación de la resolución expresa del recurso de reposición; en caso de silencio administrativo, dentro del plazo de seis meses, a partir del vencimiento del plazo de un mes desde el día siguiente al de presentación del recurso de reposición, de conformidad con los artículos 8.1.b), 25.1 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio,
Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa y 14.2.ñ), de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales ya citada.
No obstante, se podrá ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que estime procedente.
En Navas del Rey, a 29 de enero de 2024.—El alcalde-presidente, Jaime Peral Pedrero.
(01/1.500/24)

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791