Griñón (BOCM-20240207-46)
Organización y funcionamiento. Delegación funciones
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B.O.C.M. Núm. 32

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 7 DE FEBRERO DE 2024

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
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GRIÑÓN

El alcalde-presidente del Ayuntamiento de Griñón (Madrid), mediante resolución
n.o 263 de 25 de enero de 2024, modifica las competencias que delegó en la Junta de Gobierno Local por decreto 1336/2023, de 20 de junio de 2023, según el siguiente extracto:
“Primero.—Modificar las competencias que esta Alcaldía delegó en la Junta de Gobierno Local por decreto n.o 1336, de 20 de junio de 2023, quedando las competencias que
se delegan en la Junta de Gobierno según se detalla a continuación:
— Aprobar la oferta de empleo público de acuerdo con el presupuesto y la plantilla
aprobados por el Pleno.
— Aprobar las bases de las pruebas para la selección de personal y para los concursos
de provisión de puestos de trabajo.
— Aprobar la distribución de las retribuciones complementarias que no sean fijas y
periódicas.
— Las aprobaciones de los instrumentos de planeamiento de desarrollo del planeamiento general no expresamente atribuidos al Pleno, así como la de los instrumentos de gestión urbanística y de los proyectos de urbanización.
— La aprobación de los proyectos de obras o servicios cuando sea competente para
su contratación o concesión y estén previstos en el presupuesto.
— La resolución de expedientes de Responsabilidad Patrimonial cuando su importe
supere la cantidad de 5.000 euros.
— La aprobación de los contratos de obras, de suministro, de servicios, concesión de
servicios públicos, los contratos administrativos especiales y los contratos privados cuando su importe no supere el 10 por 100 de los recursos ordinarios del presupuesto ni, en cualquier caso, la cuantía de seis millones de euros, incluidos los
de carácter plurianual cuando su duración no sea superior a cuatro años, siempre
que el importe acumulado de todas sus anualidades no supere ni el porcentaje indicado, referido a los recursos ordinarios del presupuesto del primer ejercicio, ni
la cuantía señalada, con el límite de contratos de importe inferior a 40.000 euros
sin IVA que se mantendrán en la Alcaldía.
— La adjudicación de concesiones sobre los bienes de la Entidad Local y la adquisición de bienes inmuebles y derechos sujetos a la legislación patrimonial cuando
su valor no supere el 10 por 100 de los recursos ordinarios del presupuesto ni el
importe de tres millones de euros, así como la enajenación del patrimonio, cuando su valor no supere el porcentaje ni la cuantía indicados.
— Dar cuenta a la Junta de Gobierno Local por parte del Alcalde de las resoluciones
que contengan autorización y disposición de gastos dentro de los límites de su
competencia, de importe comprendido entre 6.000 y 40.000 euros sin IVA, en
cuantía individualmente considerada.
— El acuerdo de resolución definitiva de sanción por infracción de las ordenanzas
municipales cuando su importe supere la cantidad de 5.000 euros, salvo en los casos en que tal facultad esté atribuida a otros órganos.
Segundo.—Delegar en el concejal de Urbanismo, Vivienda Joven y Relaciones Institucionales la competencia para el otorgamiento de las Licencias de Actividad, así como
para la validación de las declaraciones responsables de actividad.
Tercero.—Notificar personalmente la presente resolución a los designados, que se
considerará aceptada tácitamente, salvo manifestación expresa y remitir la resolución del
nombramiento al BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID para su publicación
en el mismo, igualmente publicar la resolución en el tablón de anuncios del Ayuntamiento,
sin perjuicio de su efectividad desde el día siguiente de su firma por el alcalde.
Cuarto.—Publicar la presente resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD
DE MADRID y en el tablón de anuncios de la sede electrónica del Ayuntamiento de Griñón
( grinon.sedelectronica.es )

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