D) Anuncios - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA Y ADMINISTRACIÓN LOCAL (BOCM-20240207-27)
Convenio –  Convenio de 29 de diciembre de 2023, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local) y la Asociación Grupo de Acción Local Sierra Norte de Madrid, para la concesión directa por razones excepcionales de interés público, económico y social de una subvención destinada a la creación de un espacio abierto de innovación para facilitar el desarrollo de proyectos y el impulso de la digitalización cofinanciado por el Fondo de Cohesión Territorial en el marco de la Conferencia Sectorial de Reto Demográfico
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 32

MIÉRCOLES 7 DE FEBRERO DE 2024

Pág. 133

DE MADRID de 13 de noviembre de 2023, se ha modificado la Orden 54/2022, de 9 de marzo,

por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones de la extinta Consejería de Administración Local y Digitalización para los años 2022-2023 para incluir el epígrafe II.19 “Subvención dirigida a la Asociación Grupo de Acción Local Sierra Norte de Madrid destinada a la
instalación de un laboratorio (Mad Rural Lab) como espacio abierto de experimentación, innovación y demostración para las nuevas tecnologías y metodologías”.
XV. Que la celebración de este convenio ha sido autorizada por el Consejo de Gobierno en su reunión de 27 de diciembre de 2023
XVI. Que en base a lo expuesto, las partes suscriben el presente Convenio de colaboración que resulta de aplicación del artículo 4.5.c) 3.o de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de
subvenciones de la Comunidad de Madrid, así como del artículo 22.2.c) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones y que permite la concesión directa de subvenciones cuando se acrediten razones de interés público, social, económico o humanitario, u
otras debidamente justificadas que dificulten su convocatoria pública mediante convenios de
colaboración y con sujeción a las siguientes,
CLÁUSULAS
Primera
Objeto del convenio
El objeto del convenio es establecer las bases reguladoras y conceder una subvención
directa a favor de Asociación Grupo de Acción Local Sierra Norte de Madrid (GALSINMA)
destinada a la instalación de un laboratorio (Mad Rural Lab) como espacio abierto de experimentación, innovación y demostración para las nuevas tecnologías y metodologías, tanto
para la comunidad educativa y el tejido asociativo como para su entorno productivo y
social. Permitirá a las empresas, organizaciones y a la ciudadanía capacitarse en tecnologías de la Cuarta Revolución Industrial (robótica, programación, realidad aumentada…) y
aplicarlas a sus actividades, empleo y rendimientos.
Estas ayudas se conceden por el procedimiento de concesión directa previsto en el artículo 4.5.c) 3.o de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de subvenciones de la Comunidad de
Madrid dadas las razones de interés público y social como son la lucha contra el desequilibrio
social y territorial, especialmente la brecha urbana/rural, y la singularidad de GALSINMA
como instrumento para la puesta en marcha de políticas de desarrollo local en la Sierra Norte
de Madrid.
Segunda
Importe de la subvención
La Comunidad de Madrid (Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local) aportará a la GALSINMA un importe de doscientos treinta y un mil quinientos doce
euros (231.512 euros), con cargo a las posiciones presupuestarias 48099 “Otras instituciones sin ánimo de lucro” y 78009 “A instituciones de desarrollo local y rural” correspondientes al programa presupuestario 942O de los Presupuestos Generales de la Comunidad de
Madrid para los ejercicios 2023 y 2024 desglosados de la siguiente manera:
SUBCONCEPTO

2023

2024

TOTAL

48099

72.365 €

18.091 €

90.456 €

Gasto Capital

78009

112.845 €

28.211 €

141.056 €

185.210 €

46.302 €

231.512 €

TOTAL

Este importe estará cofinanciado por la Administración General del Estado a través del
Fondo de Cohesión y Transformación Territorial (FCT), en un 29,01 por 100 del importe
total. El resto será financiado por la Comunidad de Madrid.
Tercera
Concurrencia de subvenciones
El importe de la subvención concedida en ningún caso podrá ser de tal cuantía que aisladamente o en concurrencia con las subvenciones de otras entidades públicas o privadas,
nacionales o internacionales supere el coste de la actividad a desarrollar por el beneficiario.

BOCM-20240207-27

TIPO DE GASTO
Gasto corriente