D) Anuncios - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR (BOCM-20240206-26)
Vías pecuarias –  Resolución de 23 de enero de 2024, del Director General de Agricultura, Ganadería y Alimentación, por la que se anuncia la exposición pública relativa a la autorización de ocupación temporal de las vías pecuarias Colada de Talamanca y Vereda del Barco Viejo, en el término municipal de Fuente el Saz de Jarama, para renovación de la conducción existente de saneamiento, actuación promovida por Canal de Isabel II, S. A., M. P.
Página 1 Pág. 1
2 >> Página 2 >>
2 páginas totales
Página
BOCM
Pág. 80

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 6 DE FEBRERO DE 2024

B.O.C.M. Núm. 31

I. COMUNIDAD DE MADRID

D) Anuncios
Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior
26

RESOLUCIÓN de 23 de enero de 2024, del Director General de Agricultura,
Ganadería y Alimentación, por la que se anuncia la exposición pública relativa
a la autorización de ocupación temporal de las vías pecuarias Colada de Talamanca y Vereda del Barco Viejo, en el término municipal de Fuente el Saz de Jarama, para renovación de la conducción existente de saneamiento, actuación
promovida por Canal de Isabel II, S. A., M. P.

Examinado el expediente 0495/23 de ocupación temporal de las vías pecuarias Colada
de Talamanca y Vereda del barco viejo, en el término municipal de Fuente el Saz de Jarama,
se desprenden los siguientes
ANTECEDENTES DE HECHO
Con referencia 10/593062.9/23, tiene entrada en esta Área de Vías Pecuarias solicitud
de autorización de ocupación de las vías pecuarias Colada de Talamanca y Vereda del barco viejo, en el término municipal de Fuente el Saz de Jarama, para renovación de la conducción existente de saneamiento, actuación promovida por Canal de Isabel II, S. A., M. P.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero
La Ley 8/1998, de 17 de junio de la Comunidad de Madrid, regula las vías pecuarias
existentes en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid, en el marco de la legislación
básica del Estado (Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias).
Segundo
Las ocupaciones temporales de las vías pecuarias están previstas en los artículos 37 y 38 de
la citada Ley 8/1998, donde se recoge que la concesión de estas autorizaciones se someterá al trámite de información pública por tiempo de un mes.
Esta Dirección General de Agricultura, Ganadería y Alimentación, en base a las competencias atribuidas por el Decreto 42/2021, de 19 de junio, de la Presidenta de la Comunidad
de Madrid, por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid y el Decreto 237/2021, de 17 de noviembre, del Consejo de Gobierno, por
el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y
Agricultura,
RESUELVE
Primero
Someter al trámite de información pública de un mes, desde el día siguiente a la publicación de la presente Resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID,
el proyecto de ocupación del expediente 0495/23, de referencia.

Una vez publicada la presente Resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD
MADRID, el proyecto podrá consultarse en el Portal de Transparencia de la Comunidad
de Madrid, en la ruta http://www.comunidad.madrid/transparencia
DE

Tercero
Durante dicho plazo se podrán presentar las alegaciones que se estimen oportunas ante
la Dirección General de Agricultura, Ganadería y Alimentación, en estas dependencias o en

BOCM-20240206-26

Segundo