Madrid (BOCM-20240206-32)
Régimen económico. Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte. Extracto convocatoria subvenciones
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 31

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 6 DE FEBRERO DE 2024

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
32

MADRID
RÉGIMEN ECONÓMICO

Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte
Extracto del Decreto de 19 de enero de 2024, de la delegada del Área de Gobierno de
Cultura, Turismo y Deporte, por el que se aprueba la convocatoria de la XVI edición del
Premio de Microrrelatos de la Red de Bibliotecas Públicas Municipales del Ayuntamiento
de Madrid.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
( http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index ):

Primero. Objeto.—El Premio de Microrrelatos de la Red de Bibliotecas Públicas
Municipales tiene como objetivo impulsar la creatividad dentro de este género literario mediante la convocatoria de un certamen que reconozca los textos más sobresalientes.
Todos los microrrelatos deberán estar relacionados con el siguiente tema: “Metamorfosis–Historias de transformación”. Quedarán automáticamente excluidos todos los microrrelatos que no guarden relación con este tema.
Segundo. Beneficiarios.—Podrá participar cualquier persona mayor de quince años,
de nacionalidad española o con residencia en España, siempre que sea la autora del texto
presentado. Las obras deberán estar escritas en lengua castellana, contar con un título, un
seudónimo y un cuerpo de texto de un máximo de 100 palabras.
Tercero. Normativa reguladora.—La presente convocatoria se regirá, con carácter
general, por lo dispuesto en: la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones;
el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la citada
Ley; la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la concesión de Subvenciones por
el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos aprobada el 30 de octubre 2013; y,
finalmente, en todos aquellos extremos no previstos en la legislación antes citada, regirá, con
carácter supletorio, la Ley 39/2015, de 1 de octubre y la Ley 40/2015, de 1 de octubre o cualquier otra disposición normativa que, por su naturaleza, pudiera resultar de aplicación.
Cuarto. Cuantía.—Se establecen los siguientes premios:
— Primer premio: diploma acreditativo y 1.000 euros.
— Segundo premio: diploma acreditativo y 600 euros.
— Tercer premio: diploma acreditativo y 400 euros.
Adicionalmente se podrán otorgar hasta diez accésits honoríficos siempre y cuando el
jurado lo considero oportuno por la calidad de las obra presentadas.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.—El plazo de presentación de solicitudes estará abierto durante un mes natural a contar desde el día siguiente a la publicación del
extracto de la convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Sexto. Solicitud.—La solicitud constará de los datos personales identificativos del
autor/a y el propio texto a presentar.
A fin de garantizar el anonimato de los participantes ante el jurado, el documento con
el texto del microrrelato que ha de adjuntarse a la solicitud vendrá firmado con seudónimo.
Séptimo. Otros datos.—Las obras serán originales e inéditas. No se podrán presentar microrrelatos que hayan sido presentados a ediciones anteriores o que hayan recibido algún premio público o privado, ni tampoco que hayan sido publicados antes de la fecha de
publicación de esta convocatoria.
Tampoco podrán presentarse obras que están pendientes de fallo en cualquier otro concurso en el momento de presentar la solicitud. Además, con la presentación, el solicitante

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