Venturada (BOCM-20240206-84)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
7 páginas totales
Página
BOCM
Pág. 166

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 6 DE FEBRERO DE 2024

B.O.C.M. Núm. 31

7. Fase de Concurso
La fase de Concurso, en la que la puntuación máxima a obtener será de 10 puntos, consistirá en la valoración de los méritos que acrediten, referidos a la fecha de finalización del
plazo de presentación de solicitudes en la presente convocatoria, y de acuerdo con el siguiente baremo:
1. Experiencia Profesional: Se computará por meses completos de servicio (a jornada completa o se calculará la proporcionalidad de la misma) y hasta un máximo de 6 puntos, según se detalla a continuación:
a) Los servicios prestados en el ayuntamiento de Venturada, en el puesto de trabajo
objeto de esta convocatoria al tratarse de un proceso extraordinario de estabilización de empleo temporal: a razón de 0,080 puntos por mes de servicio.
b) Los servicios prestados en el Ayuntamiento de Venturada, en otros puestos distintos al objeto de convocatoria del mismo ámbito de servicio o categoría profesional, a razón de 0,060 puntos por mes de servicio.
c) Los servicios prestados en otras Entidades Locales en el puesto equiparable a la del
objeto de la presente convocatoria a razón de 0,035 puntos por mes de servicio.
d) Los servicios prestados en otras Administraciones del Sector público en un puesto
equiparable al del objeto de la presente convocatoria a razón de 0,025 puntos por
mes de servicio.
2.

Formación: hasta un máximo de 4 puntos, según se detalla a continuación:

a) Por la posesión del Título de Técnico en Actividades Socioculturales (TASOC) o
equivalente. 1 punto.
b) Por la posesión del Título de Coordinador de Actividades de Ocio y Tiempo libre
o equivalente. 1 punto.
c) Cursos de formación y perfeccionamiento sobre materias relacionadas con las
funciones propias del puesto de trabajo solicitado, impartidos por Administraciones Públicas, Centros o Entidades acogidos al Plan de Formación Continua de las
Administraciones Públicas o Formación Continuada del Sistema Nacional de Salud, por las Universidades, Colegios Oficiales y Sindicatos, o bien por cualquier
organismo público o privado así como los impartidos por Centros Oficiales reconocidos por el Ministerio de Educación y Ciencia, que se acrediten mediante título, diploma o certificación que exprese la duración de los cursos, con una puntuación máxima de hasta 1 punto, se valorará:
i. Hasta 50 horas: 0,50 puntos.
ii. De 51 a 100 horas: 0,75 puntos.
iii. Más de 100 horas: 1 punto.
En los cursos en los que no se acredite el número de horas no serán valorados. Los
cursos se acreditarán mediante la presentación del correspondiente diploma, título o certificado.
d. Otros méritos: Se valorará con un máximo de 1 punto los méritos específicos, relacionados con el puesto a cubrir y valorados con arreglo a la siguiente escala:
Curso de Estrategias de Dinamización Juvenil y Mediación Social en el Medio Rural de la Comunidad de Madrid: 0,5 puntos
ii. Título de Monitor de Ocio y Tiempo Libre: 0,5 puntos
En caso de empate en la fase de concurso, se estará a lo dispuesto en el artículo 44 del
Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, que establece que en caso de empate en la puntuación se acudirá para dirimirlo a la otorgada a los méritos enunciados en el apartado primero de este artículo según el orden establecido:
— Quien más puntuación obtenga en antigüedad experiencia profesional en el Ayuntamiento convocante (apartado 1.a).
— Quien tenga los cursos del apartado di y dii.
— Se dirimirá en favor del aspirante que en la actualidad mantenga un contrato de
trabajo temporal en vigor de la plaza ofertada.

BOCM-20240206-84

i.