D) Anuncios - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20240203-12)
Convenio –  Convenio de colaboración de 29 de diciembre de 2023, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, y la entidad de formación Grupo Insem Desarrollo del Conocimiento, S. L., para la información, orientación y apoyo en la inscripción en el procedimiento de acreditación de competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral u otras vías no formales e informales en el ámbito de la Comunidad de Madrid en el marco del componente 20 “Plan Estratégico de Impulso de la Formación Profesional”, del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea-Next GenerationEU
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 3 DE FEBRERO DE 2024

B.O.C.M. Núm. 29




LGHQWLILFDQGR GH IRUPD FODUD H LQHTXtvoca la empresa subencargada y sus datos de
contacto.
(OVXEHQFDUJRSRGUiOOHYDUVHDFDERVLHO5HVSRQVDEOHQRPDQLILHVWDVXRSRVLFLyQHQHO
SOD]RHVWDEOHFLGR(QHVWH~OWLPRFDVRHOVXEHQFDUJDGRTXHWDPELpQWHQGUiODFRQGLFLyQ
de encargado del tratamieQWR HVWi REOLJDGR LJXDOPHQWH D FXPSOLU ODV REOLJDFLRQHV
establecidas en este documento para el Encargado del tratamiento y las instrucciones
que dicte el Responsable del Tratamiento.
Corresponde a Encargado del Tratamiento exigir al subencargado el cumplimiento de las
PLVPDVREOLJDFLRQHVDVXPLGDVSRUpODWUDYpVGHOSUHVHQWHGRFXPHQWR\VHJXLUiVLHQGR
plenamente responsable ante el Responsable del Tratamiento en lo referente al
cumplimiento de las obligaciones.
(O (QFDUJDGR GHO 7UDWDPLHQWR HVWi REOLJDGR D informar al Responsable de cualquier
FDPELRHQODLQFRUSRUDFLyQRVXVWLWXFLyQGHRWURVVXEHQFDUJDGRVFRQXQDDQWHODFLyQGH
PHVGDQGRDVtDO5HVSRQVDEOHODRSRUWXQLGDGGHRSRQHUVHDGLFKRVFDPELRV

Decimotercera. Responsabilidad
(O(QFDUJDGRVHUiFRQVLderado Responsable del tratamiento en el caso de que destine
los datos a otras finalidades, los comunique o los utilice incumpliendo las estipulaciones
de este convenio, respondiendo de las infracciones en las que hubiera incurrido
personalmente.
Para el cumplimiento del objeto del convenio suscrito no se requiere que el Encargado
DFFHGDDQLQJ~QRWURdato personal responsabilidad del Responsable del tratamiento y,
HQFRQVHFXHQFLDQRHVWiDXWRUL]DGRHQFDVRDOJXQRDODFFHVRRWUDWDPLHQWRGHRWURGDWR
que no sean los especificados en dicho texto convencional. Si se produjera una incidencia
GXUDQWHODHMHFXFLyQGHOFRQYHQLRTXHFRQOOHYDUiXQDFFHVRDFFLGHQWDORLQFLGHQWDODHVRV
GDWRV SHUVRQDOHV HO (QFDUJDGR GHEHUi SRQHUOR HQ FRQRFLPLHQWR GHO 5HVSRQVDEOH Hn
FRQFUHWRGHVX'HOHJDGRGH3URWHFFLyQGH'DWRVFRQODPD\RUGLOLJHQFLD\DPiVWDUGDU
en el plazo de 48 horas.
/DVSDUWHVUHVSRQGHUiQGHODVLQIUDFFLRQHVHQODVTXHKXELHVHQLQFXUULGRSHUVRQDOPHQWH
manteniendo indemne a la parte contraria frente a cualquier perjuicio que se derivase de
ellas.

BOCM-20240203-12

(03/675/24)

http://www.bocm.es

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791