Colmenarejo (BOCM-20240202-68)
Régimen económico. Calendario fiscal
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 28

VIERNES 2 DE FEBRERO DE 2024

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
68

COLMENAREJO
RÉGIMEN ECONÓMICO

La Junta de Gobierno Local, en sesión ordinaria celebrada en fecha 10 de enero de 2024,
aprobó el calendario fiscal para el ejercicio 2024, que queda como sigue:
CALENDARIO FISCAL EJERCICIO 2024
TRIBUTO

PERIODO VOLUNTARIO DE PAGO

IMPUESTO VEHÍCULOS DE TRACCIÓN MECANICA

DEL 13 DE MARZO
AL 16 DE MAYO

TASA RECOGIDA RESIDUOS (LOCALES)
IMPUESTO SOBRE ACTIVIDADES ECONOMICAS (I. A. E.)

DEL 18 DE SEPTIEMBRE
AL 20 DE NOVIEMBRE

IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES
-

URBANOS
RÚSTICOS
BICES

TASA POR ENTRADA DE VEHÍCULOS (VADOS)
SISTEMA ESPECIAL DE PAGOS SOBRE

PAGO MEDIANTE DOMICILIACIÓN BANCARIA

IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES
-

URBANOS
RÚSTICOS

PRIMER PLAZO: 26 DE JUNIO 2024
SEGUNDO PLAZO: 6 DE NOVIEMBRE DE 2024

-

Impuesto Vehículos de Tracción Mecánica

3 de Mayo 2024

-

Tasa Recogida Residuos (Locales)

3 de Mayo 2024

-

Impuesto sobre Actividades Económicas IAE

6 de Noviembre de 2024

-

Impuesto sobre Bienes Inmuebles Urbanos

6 de Noviembre de 2024

-

Impuesto sobre Bienes Inmuebles Rústicos

6 de Noviembre de 2024

-

Impuesto Bienes Inmuebles Características Especiales

6 de Noviembre de 2024

-

Tasa por entrada de Vehículos

6 de Noviembre de 2024

Procedimiento de apremio: el vencimiento del plazo de ingreso en período voluntario
sin haber satisfecho la deuda, determinará el inicio del período ejecutivo con la exigencia
de los intereses de demora y de los recargos y costas del procedimiento de apremio en su
caso, conforme lo previsto en el artículo 161 de la Ley General Tributaria.
Colmenarejo, a 23 de enero de 2024.—El alcalde, Fernando Juanas Cerrada.
(01/1.233/24)

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791

BOCM-20240202-68

Se procederá a la exposición pública de padrones fiscales quince días antes del inicio
del período de cobro en voluntaria y durante el citado período de cobro en voluntaria.
Notificación colectiva: conforme prevé el artículo 102.3 de la Ley General Tributaria,
al tratarse de tributos de cobro periódico por recibo, la publicación del edicto de exposición
pública tendrá los efectos de notificación colectiva de las liquidaciones contenidas en los
tributos que se citan.
Recursos: recurso de reposición en el plazo de un mes contado desde el día siguiente
al de la finalización del período de exposición pública de los correspondientes padrones o
matrículas de contribuyentes.
Lugar y días de pago: durante los días hábiles de los períodos indicados en el calendario fiscal, en las entidades bancarias colaboradoras de la localidad, previa presentación del
recibo enviado al domicilio.
Se recuerda a los contribuyentes que pueden hacer uso de la domiciliación de pago a
través de entidades bancarias o cajas de ahorro o cooperativas de crédito calificadas.
De acuerdo a esta modalidad de pago por domiciliación de recibos, se establece los siguientes días de cargo en las entidades bancarias correspondientes: