C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20240202-23)
Plan estratégico subvenciones –  Orden de 30 de enero de 2024, de la Consejera de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones para la concesión directa, en 2024, de ayudas para la mejora de las áreas industriales de la Comunidad de Madrid
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 28

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 2 DE FEBRERO DE 2024

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BOCM-20240202-23

Las solicitudes se tramitarán y resolverán siguiendo el orden riguroso de incoación
hasta el agotamiento de los fondos declarados disponibles para el año 2024 o, en todo caso,
hasta la fecha que determine el Acuerdo regulador de esta línea de subvenciones.
5. Efectos.
La rehabilitación y modernización de las áreas industriales de la Comunidad de
Madrid supondrá que éstas sean más atractivas para las empresas, más seguras y más eficientes desde el punto de vista medioambiental y de la sostenibilidad, lo que redundará en
un incremento de la competitividad de las empresas de nuestra región.
6. Indicadores del grado de cumplimiento de objetivos y resultados.
Se establecen como indicadores del cumplimiento de los objetivos de esta línea de
ayudas los siguientes:
— Número de solicitudes presentadas.
— Número de beneficiarios según tipología prevista en normas reguladoras.
— Número de beneficiarios por municipio.
7. Seguimiento y control.
La Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, el Tribunal de Cuentas, la Cámara
de Cuentas y la Intervención General de la Comunidad de Madrid podrán realizar las comprobaciones necesarias respecto al destino y aplicación de las ayudas concedidas. Podrán
igualmente realizar las visitas que sean precisas a las instalaciones del beneficiario, que estará obligado a colaborar para facilitar estas actuaciones en los términos previstos en el artículo 12.4 de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid.
Los beneficiarios de las ayudas quedan sometidos al control financiero de la Intervención General de la Comunidad de Madrid y a la fiscalización de la Cámara de Cuentas y
otros órganos competentes, de acuerdo con el régimen de control de subvenciones regulado en la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid.
8. Sistemas de evaluación.
Con el fin de analizar el cumplimiento de los objetivos previstos y servir como herramienta para la planificación de acciones futuras, se establecen los siguientes procedimientos para la evaluación de la presente línea de subvenciones:
— Análisis y estudio de las inversiones presentadas con carácter previo a la concesión de la ayuda.
— Análisis y estudio de la documentación justificativa de los gastos incurridos en la
realización de la inversión.
— Análisis y estudio de la información aportada por los indicadores.
9. Resultados de la evaluación del anterior Plan Estratégico de Subvenciones.
Este plan sustituye al anterior plan estratégico para esta línea de subvenciones, aprobado por Orden de 1 de noviembre de 2022, del Consejero de Economía, Hacienda y Empleo (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 17 de noviembre de 2022), que
circunscribía su ámbito temporal de actuación al año 2023.
La evaluación realizada pone de manifiesto que se han producido desviaciones respecto a los resultados previstos debido, principalmente, a que el coste medio de los proyectos
para los que se ha solicitado subvención ha sido inferior al estimado. Por ello, se ha procedido a disminuir el importe del crédito presupuestario disponible en el año 2024 para esta
línea de subvención.
(03/1.703/24)

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791