B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20240202-9)
Convocatoria curso selectivo –  Resolución de 24 de enero de 2024, de la Directora General de Función Pública, por la que se aprueba y publica el programa, regulación y duración del curso selectivo para el ingreso en el Cuerpo de Subinspectores de Hacienda, de Administración Especial, Grupo A, Subgrupo A2, de la Comunidad de Madrid previsto en la Orden 420/2022, de 9 de marzo, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 28

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 2 DE FEBRERO DE 2024

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• Módulo XI: Procedimiento Tributario General (8 horas).
• Módulo XII: Procedimientos de Gestión (8 horas).
• Módulo XIII: Procedimientos de Inspección (8 horas).
• Módulo XIV: Procedimientos de Recaudación (8 horas).
• Módulo XV: Procedimiento sancionador (8 horas).
— Grupo 2. “Aplicación de los Tributos”: 20 horas.
— Grupo 3. “Formación Directiva”: 10 horas.
Cada uno de los grupos de materias podrá estar dirigido por uno o varios coordinadores. De acuerdo con lo previsto en la Orden de 28 de octubre de 2020, de la Consejería de
Hacienda y Función Pública, por la que se establecen las tarifas retributivas y los criterios
adicionales de gestión de las acciones formativas para el personal al servicio de la Administración de la Comunidad de Madrid, en aquellos cursos de duración igual o superior a 50 horas, que se encuentren estructurados en módulos diferenciados con una duración no inferior
a 10 horas, podrá designarse un coordinador para cada módulo. Los coordinadores asumirán
las funciones relativas a la configuración académica de la acción formativa, propuesta, en su
caso de docentes, y control y supervisión del desarrollo e impartición del mismo.
Tercero
Régimen Académico
Será obligatoria la asistencia a las clases y actividades que se organicen en desarrollo
del curso. El incumplimiento de este requisito, salvo causas justificadas valoradas por la Dirección General de Función Pública, originará la imposibilidad de concurrir a las pruebas
que se realicen y, por tanto, la pérdida del derecho a ser nombrado funcionario de carrera.
Los aspirantes que no pudieran realizar el curso selectivo por causa de fuerza mayor,
debidamente justificada y apreciada por la Dirección General de Función Pública, podrán
participar, por una sola vez, en el curso inmediatamente posterior, intercalándose en el lugar correspondiente a la puntuación obtenida.
Cuarto
Régimen disciplinario
Durante la realización del curso selectivo los aspirantes, que previamente habrán sido
nombrados funcionarios en prácticas, estarán sometidos a la normativa sobre régimen disciplinario aplicable a los funcionarios, sin perjuicio de las normas especiales que regulen su
procedimiento de selección.
El incumplimiento injustificado de las obligaciones académicas por parte de los aspirantes supondrá la pérdida de los derechos adquiridos, sin perjuicio de los efectos que pudieran derivarse del régimen disciplinario.
Quinto
Sin perjuicio de las obligaciones académicas anteriormente expuestas, y de conformidad con lo dispuesto en la base novena de la Orden 420/2022, de 9 de marzo, a efectos de
la superación del curso, los aspirantes deberán aprobar todas las asignaturas o materias que
lo componen, así como las diferentes actividades prácticas, en los términos que se indicarán seguidamente. En caso contrario, se considerará que no se ha superado el curso y se perderá el derecho al nombramiento como funcionario de carrera, mediante Resolución motivada de la Dirección General de Función Pública.
El curso se calificará de 0 a 40 puntos siendo necesario para superarlo obtener, como
mínimo 20 puntos. La puntuación definitiva vendrá determinada por la suma de las calificaciones obtenidas en los grupos de materias citados en el apartado segundo de la presente
Resolución, y será debidamente ponderada en función del número de horas lectivas asignado a cada uno de ellos.
Finalizado el curso selectivo, la Dirección General de Función Pública remitirá al Tribunal Calificador la relación de aspirantes que lo hayan superado, con indicación de la puntuación obtenida, que se hará pública en los términos establecidos en la base 7.5 de la Orden 420/2022, de 9 de marzo.

BOCM-20240202-9

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