B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20240202-11)
Aspirantes proceso selectivo –  Resolución de 30 de enero de 2024, de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se aprueban y se anuncia la exposición de las listas provisionales de participantes admitidos y excluidos en el concurso-oposición para acceso al Cuerpo de Inspectores de Educación en el ámbito de gestión de la Comunidad de Madrid convocado por Resolución de 23 de noviembre de 2023
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 28

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 2 DE FEBRERO DE 2024

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portal personal+educación ( www.comunidad.madrid/servicios/personal-educacion ),
siguiendo la ruta “Funcionarios Docentes”, “Procesos selectivos”, “Inspectores”.
Para ello se deberán realizar los siguientes pasos:
1.o Seleccionar nueva solicitud.
2.o Elegir el procedimiento convocado por Resolución de 23 de noviembre de 2023..
3.o Seleccionar la solicitud previamente registrada sobre la que se va a realizar la subsanación.
4.o Exponer el motivo de la alegación/subsanación.
5.o Adjuntar, en su caso, la documentación justificativa de la alegación/subsanación.
6.o Registrar a través de dicha aplicación para que se considere válidamente presentada.
Para ello, es necesario disponer de uno de los certificados electrónicos reconocidos o
cualificados de firma electrónica, que sean operativos en la Comunidad de Madrid.
Asimismo, los aspirantes deberán asegurarse que registran la alegación/subsanación.
Para verificarlo, los aspirantes podrán descargar y consultar el documento “PDF” del justificante, en cuya parte superior derecha deberá aparecer el número de registro de la solicitud de
participación en el procedimiento convocado por Resolución de 23 de noviembre de 2023,
con la fecha y hora de registro de la alegación/subsanación.
Si el aspirante no subsana el defecto que haya motivado su exclusión u omisión, se le
tendrá por desistido de su petición y se le excluirá definitivamente del proceso selectivo.
Con este trámite se dará por cumplido el trámite de subsanación y mejora de solicitud
al que hace alusión el artículo 68.1 y 68.4 de la Ley 39/2015.
Cuarto
Recursos

BOCM-20240202-11

De conformidad con los artículos 115, 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, esta Resolución, que no agota la vía administrativa, podrá ser recurrida en alzada ante la Viceconsejería de Organización Educativa en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de
su publicación.
Madrid, a 30 de enero de 2024.—El Director General de Recursos Humanos, Miguel
José Zurita Becerril.
(03/1.638/24)

http://www.bocm.es

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791