Pozuelo de Alarcón (BOCM-20240201-58)
Urbanismo. Plan parcial
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 1 DE FEBRERO DE 2024

B.O.C.M. Núm. 27

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
58

POZUELO DE ALARCÓN

En cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 59 y concordantes de la Ley 9/2001,
de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid y 128.2 del Reglamento de Planeamiento Urbanístico, aprobado por Decreto 2159/1978, se pone en general conocimiento que
la Junta de Gobierno Local, en sesión ordinaria celebrada el 27 de diciembre de 2023, adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:
Primero.—Admitir a trámite y aprobar Inicialmente el Plan Parcial de Reforma Interior del APR 3.5-01 “Zona de Servicios M-503” del Plan General de Ordenación Urbana de
Pozuelo de Alarcón promovido por La Cajigona Inversiones, S. L. y concretado en la documentación presentada el 15 de septiembre y 24 de octubre de 2023 y NRE 41786 y 52347
respectivamente (la primera de ellas únicamente válida en lo que se refiere al Documento
Ambiental Estratégico y sus anexos) que junto al informe de validación gráfica frente a parcelario catastral elaborado de oficio por el ingeniero topógrafo municipal de fecha 9 de noviembre de 2023 se le han asignado los siguientes Códigos de Seguridad de Validación:
— Memoria Plan Parcial (PP). CSV: 4R3D6C2M225U284I0WD4.
— Planos Plan Parcial. CSV: 6K1P722R1S3I1Y6L0J28.
— Ficheros GML. CSV: 031K1S4K655N595Z0DCV.
— Documentos Ambientales y PP (este último sustituido).
CSV: 2D6L3U27294X0N5S0SEN.
— Informe de Validación Gráfica. CSV: 1V3J1F5A1W2U2A0I0MDL.
Con las condiciones que se derivan del informe técnico de la Arquitecto Municipal
Jefe de Planificación Urbanística de fecha 20 de diciembre de 2023.
Segundo.—Someter el expediente al preceptivo trámite de información pública por el
plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de notificación y publicación del presente acuerdo, mediante la notificación personal a los propietarios de suelo incluidos en la
unidad de ejecución, la inserción de anuncios en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD
DE MADRID y en un periódico de amplia difusión en la misma, así como mediante su exposición en el tablón de anuncios y página web municipales.
Tercero.—Requerir los informes de los órganos y entidades públicas previstos legalmente como preceptivos o que, por razón de la posible afección de los intereses públicos
por ellos gestionados, deban considerarse necesarios.
Cuarto.—Suspender el otorgamiento de licencias urbanísticas que, incluidas en el ámbito comprendido en el Plan Parcial, pudieran resultar afectadas por sus determinaciones,
de conformidad con lo dispuesto en los arts. 70.4 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo, de la Comunidad de Madrid y 120 del Reglamento de Planeamiento Urbanístico”.
Lo que se hace público para general conocimiento, significando que, en relación con
el mismo, pueden formularse alegaciones durante el plazo de un mes contando desde el día
siguiente al de recepción de la presente notificación, pudiendo ser consultado el expediente en el departamento de Planificación Urbanística de la Gerencia Municipal de Urbanismo del Ayuntamiento, de lunes a viernes y desde las 9:00 a las 14:00 horas, con cita previa a través del correo electrónico planeamiento@pozuelodealarcon.org, así como en los
canales de información urbanística de la página Web del Ayuntamiento de Pozuelo de
Alarcón ( https://www.pozuelodealarcon.org/urbanismo-y-vivienda/expedientes-urbanisticosen-informacion-publica ).
Pozuelo de Alarcón, a 18 de enero de 2024.—La gerente municipal de Urbanismo, por
suplencia (Resolución de 22 de junio de 2023), Casilda Sabater Alonso.
(02/994/24)

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