Arganda del Rey (BOCM-20240201-46)
Organización y funcionamiento. Ordenanza tenencia perros
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 27

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 1 DE FEBRERO DE 2024

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
46

ARGANDA DEL REY
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

BOCM-20240201-46

En cumplimiento del artículo 49 de la Ley 7/1985, Reguladora de las Bases de Régimen Local, se hace público que el Pleno de la Corporación, en sesión celebrada el 8 de noviembre de 2023, acordó con las mayorías exigidas por la Ley, aprobar inicialmente la modificación de la ordenanza municipal reguladora de la tenencia de perros y otros animales
domésticos y de compañía.
El expediente se encuentra expuesto al público en la dependencia de la Secretaría municipal de este Ayuntamiento, a fin de que las personas interesadas legítimas a que hace referencia los artículos 4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de PACAP y 49 de la Ley 7/1985,
puedan examinarlo durante un plazo de treinta días hábiles a partir de la fecha de publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y presentar ante el Pleno las reclamaciones que estimen oportunas.
En el caso de no presentarse reclamación o alegación alguna, la citada modificación de
la ordenanza se entenderá aprobada definitivamente entrando en vigor a los quince días a
contar desde el siguiente al de su publicación completa de la modificación en el BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, y su notificación a la Administración de la Comunidad de Madrid y del Estado, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 70.2 y 65.2
de la Ley 7/1985, Reguladora de las Bases de Régimen Local.
Arganda del Rey, a 22 de enero de 2024.—El concejal-delegado de Medio Ambiente,
Medio Rural y Movilidad, Jesús González Sesmilo.
(03/1.152/24)

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791